La maestra del ‘San Agustín’ recurrirá la condena de quince meses de cárcel

  • El juez considera que hubo delito contra la integridad moral al meter a un menor en una papelera varias veces. La acusación particular estudia si también presentará recurso

Tan solo una semana después de la celebración del juicio contra la maestra del San Agustín, A.G.R., acusada por maltrato a sus alumnos, el Juzgado de lo Penal 2 de nuestra ciudad se ha pronunciado. Condena a la maestra a un año y tres meses de cárcel por un delito contra la integridad moral con el agravante de abuso de superioridad al considerar probado que metió a uno de sus alumnos en una papelera en, al menos, dos ocasiones. Además, la acusada no podrá ejercer la profesión docente durante el tiempo de la condena y deberá pagar 2.000 euros de indemnización al menor por daños morales. La sentencia, conocida ayer y a la que ha tenido acceso El Faro, mantiene la orden de alejamiento de la víctima por un periodo de dos años. También declara al colegio San Agustín como responsable civil subsidiario, esto es, si la maestra no abona la indemnización se hará cargo de ella el centro educativo, según explicaron fuentes jurídicas.

El abogado de la defensa de A.G.R. indicó a este diario que presentarán un recurso de apelación a la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta. Una vez el órgano se pronuncie, bien revocando o bien confirmando la sentencia dictada, y ésta sea firme, precisó, hará las declaraciones públicas oportunas.

Por su parte, una de las acusaciones particulares explicó a El Faro que durante este fin de semana estudiará con sus clientes el dictamen del Juzgado de lo Penal 2 y el próximo lunes decidirá si presenta también un recurso de apelación, en tanto que la sentencia no ha atendido “íntegramente” lo que la acusación particular solicitaba en esta causa.

El juicio se celebró los días 27 y 28 del pasado mes de octubre a puerta cerrada por ser una causa en la que están implicados menores de edad. De la conclusión del juicio se pudo saber que el Ministerio Fiscal rebajó de tres a dos años la petición de pena de cárcel para la acusada, al eliminar el delito leve de lesiones de su escrito de acusación. Las partes ratificaron sus escritos en la conclusión del juicio. En dos días, en la sala del Juzgado de lo Penal declararon más de una treintena de testigos, en su mayoría padres de alumnos del aula que dirigía A.G.R. en el colegio San Agustín, además de responsables del centro, inspectores del Ministerio de Educación y los psicólogos y peritos que se entrevistaron con los alumnos afectados.

En su sentencia, el juez considera que en la vista oral quedó probado que la maestra “aprovechando su condición de profesora del primer curso de Educación Infantil” en el colegio durante el curso escolar 2014/15 “procedió en dos ocasiones” a introducir a uno de sus alumnos en una papelera del aula “durante un periodo de unos cinco o seis minutos, sin posibilidad de salir por sí mismo”. Esta conducta se realizó, precisa el juez, “ante el resto de alumnos y con pleno convencimiento de que la misma afecta potencialmente al desarrollo integral y psicológico del citado menor”.

El juez absuelve, por otra parte, a la acusada del delito leve de lesiones por el que venía siendo acusada también por haber presuntamente dado un tirón de orejas a otro alumno causándole lesiones, que según sostuvieron los padres del menor, tardaron en curar casi una semana. Dado que los informes forenses no pudieron precisar el origen del enrojecimiento de la oreja, no ha quedado este extremo suficientemente probado, según recoge la sentencia.

Igualmente, según se desprende de la sentencia, la maestra A.G.R. únicamente reconoció que metió a uno de sus alumnos en la papelera en una ocasión. Un momento puntual, durante unos segundos, para que éste se calmara porque estaba “pegando” al resto de compañeros.

Pero de las declaraciones de los menores y de los informes de los psicólogos se colige que este comportamiento ‘puntual’ no era así por lo que los profesionales llaman ‘huella de la memoria’. De las declaraciones de los menores se desprendía que el hecho de meter a un niño en una papelera era un castigo al que se recurría en el aula en más de una ocasión. Y no solamente como castigo en general para el alumno que se porta mal, sino que era un recurso de la maestra para un menor en concreto. De hecho, la papelera era conocida por el resto de compañeros como el sitio asignado para él.

En este sentido, también ha sido determinante en el juicio, según recoge la sentencia, la declaración de una profesora de apoyo que trabajó en el centro en el mismo aula que la acusada. “Había cosas que me chocaban, por ejemplo lo de la papelera que metía al niño en la papelera y eso no lo he visto en ningún centro. Lo metió a uno solo, lo he visto un par de veces hacerlo. [...] El niño solo no puede entrar, permanecía unos cinco o seis minutos, no por segundos, lo sacaba cuando ella lo decidía, el resto de la clase veía, la paciencia en Educación es fundamental”.

Trato humillante

El juez en su sentencia considera que el hecho de meter a un niño en una papelera “constituye, incluso aisladamente, un acto degradante y humillante, que claramente atenta al núcleo de su dignidad”.

Igualmente, el magistrado reconoce que es consciente de “la dificultad y penosidad, en muchos casos, de los educadores infantiles en aulas sobrecargadas de alumnos. Es cierto que el menor era un alumno con problemas de agresividad, en este sentido su propia madre reconoce que “mi hijo es un trasto, mi hijo me imagino que pegaba”. Pero son precisamente los profesionales de la enseñanza quienes tienen que adoptar en supuestos de agresividad medidas proporcionales y acordes con la pedagogía moderna que sean compatibles con el desarrollo integral del menor como proyecto de persona adulta y evolucionada, y no castigos o actos tan atentatorios contra la dignidad del menor”.

La inicial ocultación: “La impresión era que no se decía lo que se sabía”

El juez destaca en su sentencia el hecho de que en un principio la acusada y otras compañeras del centro negaran las acusaciones que habían trasladado los padres a los responsables del centro. Negación que incluso se mantuvo cuando visitó el centro educativo los inspectores del Ministerio de Educación. Uno de los inspectores fue claro: “la impresión cuando salimos era que no se decía todo lo que se sabía”. Esta ocultación de los hechos puede entenderse como un acto doloso, que, no obstante, no se exige en el tipo penal del delito contra la integridad moral, pero que ha quedado patente. De hecho, la negación de los hechos en un primer momento derivó en que los responsables del centro también lo hicieran desconociendo lo que realmente había ocurrido. Sólo el director de Infantil afirma en el juicio que las profesoras le comentaron “el tema de la papelera a posteriori”, es decir, tras la interposición de las denuncias por parte de los padres de los alumnos afectados. No obstante, el juez reitera en su sentencia que la maestra acusada, “como profesional de la enseñanza, al introducir al menor en un cubo o contenedor destinado a recoger la basura durante al menos cinco o seis minutos sabía perfectamente que ello atenta a la integridad moral del menor y por ello ocultó en un primer momento ante el servicio de inspección”.

Una técnica pedagógica llamada ‘time out’ o tiempo fuera

La acusada A.G.R. reconoció en el juicio que en una ocasión metió a un niño en la papelera como parte de una técnica pedagógica llamada ‘time out’ o tiempo fuera y que utilizó de manera “extraordinaria”. Según sostuvo A.G.R. lo hizo porque el niño estaba “muy agresivo” aquel día, pegando a los demás niños. Afirmó que esta técnica se utiliza para hacer entender al menor que está “actuando mal”. Pero la opinión de los psicólogos dista mucho de este argumento. En el juicio declararon que el hecho de meter a un niño en una papelera es más un castigo que un “tiempo fuera”, pues “el menor lo ve como humillante y si los menores lo guardan tanto tiempo es que hay una huella, de manera que nos indica que hay algo constante o habitual como técnica de castigo; colocar a un niño en la papelera es maltrato físico y humillante”.

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