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La Justicia da el plazo de un mes para la retirada de una verja en Hadú

La sentencia es firme después de que el Juzgado inadmitiese el recurso del demandado.

Ya hay sentencia firme sobre la verja que bloquea el paso en la calle Mustafa Mizzian –parte trasera de la calle Teniente Coronel Gautier que conduce a los Pisos de Galo–. El particular tiene el plazo de un mes, desde que se le notifique la resolución, para quitar la valla.
En la actualidad, esta cancela impide que tanto los vecinos como el resto de la ciudadanía puedan utilizar este camino usado “desde tiempos inmemoriales” en San José-Hadú, según explicó ‘Alonso Hiecke. Abogados y Asesores’, bufete que representa a la vecina que se opuso a la colocación del vallado que vetó el paso a su propiedad. El cierre de la calle aisla, desde entonces, la entrada a su vivienda y a un garaje de la residente.
El demandado tenía la posibilidad de presentar un recurso, el cual interpuso pero que fue finalmente inadmitido y, por tanto, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 declaró la firmeza de la sentencia dictada el verano pasado y de la que informó este periódico.
El efecto material de esta resolución judicial supone la retirada del elemento que obstaculiza el acceso a la calle. En caso de que el particular se oponga a su cumplimiento de forma voluntaria, el despacho de abogados solicitará la ejecución de la sentencia.
Este procedimiento tiene una particularidad por la cual no se discute el título de propiedad de la finca, sino la posesión, argumentó el abogado encargado del caso. La ley protege a los usuarios de esos caminos frente al despojo y, por tanto, quien se identifica como el dueño del terreno no puede ejercer sus derechos por la fuerza.
La planificación urbanística en algunas zonas se caracteriza por el desorden que da lugar a que caminos que conducen a viviendas desde tiempos inmemoriales, sean adquiridos junto a otros inmuebles o bien sean ocupados impidiendo el paso. ‘Alonso Hiecke’ ha detectado casos similares al de Hadú en puntos como el Sarchal. Sin embargo, los afectados reclaman ante la Administración cuando, en realidad, es un asunto privado que puede requerir de demanda para resolverse.

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