Categorías: Tribunales y justicia

La familia de ‘Gufito’ confía en la justicia tras ‘tumbarse’ el archivo de la causa

La Audiencia dicta un auto estimando el recurso de la Acusación Particular contra el sobreseimiento provisional del caso.

La familia de Mohamed Ennakra, ‘Gufito’, asesinado en agosto de 2014 de varios disparos tras una emboscada cerca del Hospital Universitario, pide justicia y confía en que ésta sea impartida por los jueces de Ceuta. Es el mensaje que hacen público después de conocerse el contenido del auto dictado por la Sección VI de la Audiencia Provincial contra el sobreseimiento provisional de la causa que dictó el juzgado de instrucción. La Acusación Particular presentó recurso de apelación ante la Audiencia y ahora el máximo órgano judicial de la ciudad ha estimado dicho recurso, considerando que el procedimiento debe continuar su curso.
La familia Ennakra lleva peleando todo este tiempo porque haya justicia y porque quienes asesinaron a Mohamed penen por ello. No solo reclaman condena para los autores materiales de la hilera de tiros que terminaron con la vida del conocido como ‘Gufito’ sino también para los intelectuales, ya que al fallecido se le citó en un punto concreto mediante un engaño para, después, aun dentro de su vehículo, quitarle la vida a balazos.
En el auto de la Audiencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, la abogada que defiende los intereses de la familia Ennakra expone una serie de puntos con los que intenta rebatir el archivo de la causa que dictara el juzgado de instrucción. Apunta, por ejemplo, a que todavía quedan diligencias por practicar y señala directamente que “la Policía aún no ha contestado al requerimiento efectuado para la localización de otros testigos” del crimen, a los que identifica con su nombre de pila y apodo.
De igual manera valida la credibilidad del testigo, a pesar de que se presentara días después del asesinato. “Lo hizo estando la causa bajo secreto de sumario, siendo su declaración plenamente coincidente con las manifestaciones espontáneas que realizaron las personas congregadas en las inmediaciones del hospital el mismo día de los hechos, por lo que no es cierto”, insiste, “que no existan testigos y que éstos surjan de forma sorpresiva”, apunta, negando de esta manera las tesis mantenidas por el juzgado de instrucción.
Precisamente que no haya más testigos de los hechos o que el único reseñado acudiera tarde a dependencias policiales lo justifica la letrada en la “especial idiosincrasia de la barriada en la que ocurrieron los hechos”. Tal y como se concreta en el recurso, “la causa”, añade, “no adolece de absoluto vacío probatorio que permita el dictado de una resolución de sobreseimiento, ni se puede partir de la base de que los imputados han realizado declaraciones autoexculpatorias... existen datos objetivos que permiten identificar a los autores de los hechos”.

“Se deducen datos para mantener la imputación”

Las posturas en torno a este caso quedan reflejadas en el auto dictado por la Audiencia. Así, el Ministerio Fiscal, que impugnó el recurso de apelación, entiende en su informe que tan solo “se cuenta con la declaración de una sola persona” sin que “existan datos objetivos y extremos corroboradores de dicha declaración” que además “no cumple las exigencias mínimas para enervar la presunción de inocencia de los imputados”. Añade el Fiscal que el testigo no dio las explicaciones necesarias de que por qué tardó en acudir a declarar ni en las actuaciones policiales consta la existencia de un testigo presencial.
Ante las distintas posturas manifestadas, la Audiencia ha considerado, siempre con carácter indiciario, que “se deducen datos suficientes como para mantener la imputación y continuar con la tramitación procedente, presentándose como más racional la tesis mantenida en el recurso de apelación”, destaca, sin que “podamos considerar que en las declaraciones del testigo presencial espontáneamente aparecido existan importantes contradicciones como para dictar el sobreseimiento provisional”. Destaca que aún pueden practicarse diligencias, más si cabe cuando “la investigación policial se ha iniciado con graves irregularidades que han dificultado la instrucción”, tal y como reseñó la instructora.

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