El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) y la empresa Servicios Sociosanitarios Generales SL (SSG) han prorrogado por otro año más el contrato relativo a la prestación del transporte sanitario terrestre en el Área Sanitaria de Ceuta. En virtud de las cláusulas de este concierto, su relación se amplía entre el 1 de septiembre y el 31 de agosto de 2019 en las mismas condiciones económicas y técnicas que rigen en la actualidad.
El importe total es de 2,55 millones de euros, de los cuales 393.302 euros se harán efectivos en 2019. Con ésta ya son cuatro las prórrogas desde 2011, cuando la Dirección Territorial en Ceuta suscribió un acuerdo con la mercantil María Eugenia Pasquau Fuentes mediante el cual se formalizaba el concierto por un periodo de cuatro años. En 2013, ambas partes firmaron una revisión de precios que supuso un incremento de su importe anual.
Aquel mismo año, la Dirección Territorial autorizó la cesión del contrato a Ambulancias M. Pasquau SL con otra actualización de precios y se produjo la absorción por la firma SSG. La siguiente ampliación duró entre septiembre de 2015 y agosto de 2016.
Fue este último año cuando las partes implicadas suscribieron una modificación del concierto consistente en incrementar la dotación de ambulancias de transporte colectivo en una unidad, durante 13 horas diarias de lunes a viernes, con el correspondiente coste a cargo de Ingesa.
En 2016, la renovación del acuerdo trajo consigo que el servicio se extendía por un periodo de un año, de nuevo entre septiembre y, en esta ocasión, agosto de 2017. Del año pasado data la que se ha convertido en la penúltima extensión de su relación contractual.
La principal novedad de 2018, aparte del periódico reajuste, fue la cesión del contrato a la empresa SSG. El objeto del contrato es la gestión del servicio público de transporte sanitario terrestre, tanto urbano como interurbano e interprovincial, para el traslado de enfermos. El personal empleado en el servicio es ajeno a Ingesa, y corre a cargo de la entidad adjudicataria.
Las ambulancias asistenciales (Vital Avanzado y Vital Básico) deben disponer de conductor y técnico/ayudante a cargo de la empresa adjudicataria.
La máxima responsabilidad en la actuación de las ambulancias de soporte vital avanzado corresponde al médico asignado a las mismas, quien actúa de jefe de dotación, siguiendo las indicaciones del Centro Coordinador de Urgencias. En las ambulancias asistenciales de soporte vital básico la actuación del personal del vehículo será dirigida por el Centro Coordinador de Urgencias (CCU).
En lo que respecta al conductor, éste se encarga de la conducción, mantenimiento mecánico del vehículo, su seguridad y de la buena disposición y estado general del vehículo, así como del control de las radiocomunicaciones y movilización de enfermos.
El técnico/ayudante se encarga de la buena disposición y estado del material asistencial, toma de datos de los pacientes, localización de mapas y vías alternativas, complementar al conductor en sus tareas y en la movilización de los pacientes, así como la ayuda al personal sanitario.
En la ambulancia de SVB el técnico está obligado a tomar los datos del paciente y cubrir la hoja de asistencia y traslado, así como de informar al CCU de todos los movimientos y estados en los que se encuentra el vehículo.
Averías y conflictos laborales en siete años de servicio
Esta relación contractual que se prolonga ya siete años ha estado jalonado de altibajos tanto por las quejas de los ciudadanos como por los conflictos laborales. Sin embargo, en cada comparecencia pública, los directivos de Ingesa siempre han avalado la gestión de las empresas que se han ido sucediendo en el contrato del transporte sanitario terrestre.
En las últimas prórrogas, con MP y SSG al frente, enturbiaron la normalidad en el servicio la concatenación de averías en la flota y la reivindicación por parte de la plantilla de negociar las condiciones laborales y salariales. El Servicio del 061 elevó a Servicios Centrales de Ingesa un escrito solicitando mejoras al que nunca respondió.