Categorías: Tribunales y justicia

La Ciudad paga el 64% de la condena a la UIR por los daños morales a un policía del Puerto

El pasado 20 de mayo la Sección VI de la Audiencia Provincial echaba el cierre a siete años de litigio judicial condenando a tres agentes de la UIR al pago, a partes iguales, de una indemnización de 9.000 euros por los daños morales causados al jefe de servicio de la Policía del Puerto a quien, en plena fase roja de la OPE, engrilletaron y se llevaron detenido.

Si bien el tribunal del máximo órgano judicial en la ciudad no vio la existencia de delito en el comportamiento de los agentes, sí que consideró que tenían que hacer frente a una indemnización a modo de responsabilidad por la actuación que tuvieron con el jefe de servicio de la Policía portuaria.
Pues bien. A pesar de que la Ciudad Autónoma no estaba obligada en sentencia, ni siquiera de forma subsidiaria, a abonar dicha indemnización, la institución municipal ha hecho frente al pago del 64% de esa condena, efectuando un pago parcial de la indemnización fijada, es decir, 5.760 euros.
El resto, 3.240, tendrá que ser abonado por los tres agentes a partes iguales disponiendo de un plazo límite para hacerlo con el apercibimiento de que, caso de no llevar a cabo ese abono, procederse por la vía de apremio contra sus propiedades. Así lo advierte la Audiencia en la Ejecutoria de la sentencia que ha sido notificada esta misma semana.
En la misma se hace constar cómo el pago de esa responsabilidad civil en la que, a juicio del tribunal, incurrieron los tres miembros de la UIR, tiene que ser satisfecho por los penados. No obstante, en la práctica, se permite el pago por terceras personas, y es en este escenario en el que entra la Ciudad Autónoma al hacer efectivo el pago parcial de la indemnización “no apareciendo obligado en sentencia ni siquiera de manera subsidiariamente”, se informa en dicha diligencia.
Fuentes de la Ciudad Autónoma han manifestado no conocer el porqué de este paso dado, pero sí que han dejado claro que detrás del abono de cualquier indemnización existe un “informe jurídico” que lo avala, además de que en “el Reglamento de la Policía Local, que es de los años noventa, se contempla la cobertura jurídica a los agentes”, apuntan. La Ciudad no ha podido explicar por qué en la sentencia que dictó la Audiencia se señalaba como penados y responsables a los agentes, sin aludir al respaldo subsidiario de la Ciudad Autónoma, pero la institución abona una parte de la misma. “Todo pago lleva su informe jurídico”, se insiste.
El reglamento interno de la Policía Local contempla que las indemnizaciones incluidas en sentencias condenatorias de policías deben ser abonadas por la Ciudad, como responsable subsidiaria. En el caso concreto la diferencia estriba en que en la sentencia no se dice que la Ciudad lo sea. El reglamento establece además que sus miembros “son responsables personal y directamente por los actos que en su actuación profesional llevaren a cabo, infringiendo o vulnerando las normas legales, así como los reglamentos que rijan su profesión y los principios enumerados anteriormente, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial que pueda corresponder a las administraciones públicas por las mismas”.
En otras sentencias condenatorias contra agentes de la UIR sí que se ha dictado condenas en forma de indemnizaciones señalando a la Ciudad como responsable subsidiaria por lo que ha tenido que pagar las condenas derivadas de esas sentencias judiciales firmes.
La inexistencia de delito no evitó que los miembros de la UIR fueran condenados al abono de una suma en concepto de responsabilidad civil al no caber duda alguna de que el agente portuario sufrió un daño psicológico y se atentó contra su derecho al honor y a su propia imagen. De hecho aquella noche se le detuvo delante de sus propios compañeros y subordinados y ante agentes de la Policía Nacional y de la Local, amén de otras personas que se encontraban en el lugar. Se le detuvo vestido de uniforme, por lo que se considera que ha existido un daño moral.

El olvido del quebranto para las arcas municipales

En agosto del pasado año la propia consejera de Gobernación, Yolanda Bel, ofrecía una rueda de prensa para intentar frenar la polémica suscitada por la cantidad de condenas que salpicaban a la UIR y cuyas indemnizaciones estaba afrontando la Ciudad con el consiguiente quebranto para las arcas municipales. Bel informó de que se iba a estudiar la puesta en marcha de una norma de rango superior al Reglamento para variar esta situación e incluso indicó que se iba a pedir la recuperación de 17.000 euros adelantados por el pago de otra sentencia condenatoria. Ha pasado un año y de esto nada se sabe, dándose muestras de que se vuelve a pagar indemnizaciones.

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