La Ciudad llevará a cabo un diagnóstico de los recursos humanos en los que se evaluarán los criterios que regirán la movilidad del personal de la administración pública. “La calificación de este aspecto como deficitario podrá comportar restricciones de la movilidad del personal hacia el exterior”, explica el director general de Recursos Humanos, Juan Manuel de la Torre. Por el contrario, si se comprueba un excedente de la movilidad, esto implicará también restricciones, aunque a la inversa, “en cuanto a la incorporación de personal procedente de otras unidades administrativas y determinará la puesta en marcha de mecanismos de movilidad que permitan incorporar este personal a unidades deficitarias”, apunta De la Torre.
Además de las medidas sobre seguridad, la Administración estudiará y pondrá en marcha otras soluciones que permitan asegurar una mejor ordenación de los recursos humanos. “Podrán contemplarse medidas que afecten a la estructura y características de los puestos de trabajo, así como unos mecanismos que propicien una mayor permanencia en el destino de los funcionarios, una correcta asignación del personal en función de las competencias , además de otras medidas correctoras”.
Por otra parte, se recurrirá a la movilidad forzosa del personal destinado en unidades o ámbitos calificados como excedentarios cuando las restricciones a la incorporación de nuevo personal y la evolución demográfica no modifiquen su carácter de excedentarios en menos de un año, y sin que ello perjudique los derechos de movilidad en el ámbito receptor de los empleados públicos que prestan servicios en el mismo.
Con carácter previo al proceso de movilidad forzosa, se llevará a cabo uno de movilidad voluntaria en el que se ofertarán a los empleados públicos del ámbito excedentario los puestos o plazas que, de no ser cubiertos, serán atendidos mediante el proceso forzoso. En aquellos casos en que de la movilidad derive un cambio de funciones del empleado público, la administración se compromete a impartir la formación necesaria para el desempeño del nuevo puesto de trabajo.
La administración concederá traslados por motivos de salud
La protección del trabajador frente a los riesgos laborales exige una actuación de la administración tendente no sólo al mantenimiento de las medidas necesarias que garanticen la salud, seguridad e higiene en el trabajo, sino también una actuación que englobe las situaciones que se puedan producir a lo largo del desempeño de las tareas laborales.
Es por ello que la Administración concederá traslados por razones de salud, así como la posibilidad de rehabilitar al funcionario. Dichos traslados estarán condicionados a la existencia de vacantes, cuyo nivel de complemento de destino y específico no sea superior al del puesto de origen.
Por otra parte, y a fin de garantizar la protección de las trabajadores embarazadas, se tendrá derecho a la adaptación de las condiciones de trabajo, tiempo o turnos, o en su caso, al cambio temporal de funciones, previo informe o recomendación de los servicios médicos de la administración. Esto será también aplicaba durante el periodo de lactancia, en caso de que las condiciones de trabajo puedan perjudicar en la salud de la mujer o del hijo.
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