Categorías: Tribunales y justicia

La Audiencia tomará declaración este mes al Vasco por el tiroteo de 1997 contra Ismael

Será a finales de este mes cuando el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta escuche la testifical de Mohamed Ahmed Sel Lam, el Vasco, en torno al tiroteo que sufrió el joven Ismael Hamed en 1997. Un tiroteo por el que el año pasado cinco personas se tuvieron que sentar en el banquillo, quedando finalmente absueltas por el juez del juzgado de lo Penal número 2.
Ahora la Audiencia está en pleno análisis del recurso presentado por la defensa de la víctima y ha estimado que debe escucharse la declaración del Vasco. Una declaración que fue rechazada en su día por el juez del número 2 pero que el alto tribunal ha considerado que es pertinente. Esto obliga a que se tenga que celebrar una vista en la Sección VI sólo para escuchar lo que tiene que decir el Vasco sobre unos hechos que, asegura, él vio y que encuadra, precisamente en uno de los orígenes de los atentados que está denunciando tanto contra sus bienes como contra sus familiares y él mismo.
Así el próximo 25 de enero están citados todos los acusados  por su presunta relación,cuya causa está recurrida por lo que no es firme, por estos hechos: Mustafa A., conocido como ‘Tafa Sodia’, Said A., conocido como ‘Toss’, Abdeselam C., conocido como ‘Manteca’, Mustafa M., al que llamaron ‘Tapiño’, y Rachid M. Están citados también sus letrados y el único testigo cuya declaración queda por conocer: el Vasco.
Lo que quiere la Audiencia es agotar todas las vías de análisis sobre los hechos registrados en 1997 cuando se pretendió asesinar al joven Ismael Hamed tendiéndole una emboscada en el Puente Quemadero. Algo similar con lo que se hizo con Kimbi, en la Nochevieja de 1999, con la salvedad de que con Ismael el propósito no fructificó.
La Audiencia entiende que en la celebración del juicio sí se tenía que haber escuchado al Vasco a pesar de que nunca antes había declarado en los juzgados o en la comisaría al respecto de estos hechos. Esta decisión se fundamenta en que se trata de un testigo presencial de lo ocurrido, por lo que no se puede denegar su testifical como hizo el magistrado del número 2. Tras escuchar su declaración, el tribunal dará lo que se denomina ‘la última palabra’ a los acusados, es decir, que estos podrán manifestarse después de que se escuche lo manifestado por Mohamed Ahmed Sel Lam, dándose a conocer después las conclusiones de sus abogados respectivos. En su día la falta de pruebas así como la poca credibilidad de los testigos fueron claves en el dictamen de esta sentencia absolutoria, que dejó sin cerrar uno de los episodios violentos que marcó la delincuencia de finales de los años 90.

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