Vio a un vecino suyo con el chándal que le habían robado junto a otros efectos personales en la barriada de Parques de Ceuta y le llevó a juicio por un robo con fuerza en las cosas. El pasado mes de junio se celebró el juicio en el Juzgado de lo Penal 2 y el juez absolvió al joven al entender que no había pruebas objetivas de la implicación del mismo en los hechos. La víctima del robo recurrió el dictamen judicial y nuevamente la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha ratificado la sentencia absolutoria. Uno de los principales argumentos del denunciante en su recurso es que la pareja del joven procesado se había acogido a su derecho a no declarar contra su pareja, cuando no eran novios, en base a unas fotografías en una red social. El tribunal de la Audiencia recuerda que este derecho no se extingue por una ruptura sentimental posterior, si cuando ocurrieron los hechos eran de facto pareja.
Los hechos se produjeron en enero de 2013 cuando el denunciante se percató de que habían entrado en su vivienda en Parques de Ceuta llevándose algunos efectos personales, como ropa, una tablet, un ordenador portátil, entre otros objetos. Sin embargo, la puerta no había sido forzada. El joven procesado afirmó que encontró una bolsa con ropa de hombre en el garaje comunitario de la urbanización y la cogió. De hecho, las únicas huellas encontradas por la Policía Nacional en la vivienda corresponden a otro joven, C.T.A., que está en busca y captura y que posee antecedentes por hechos delictivos similares. Precisamente, algunos de los agentes actuantes declararon en el juicio, como así recoge la sentencia, que fue “un hecho desafortunado” que el joven procesado encontrara la bolsa de ropa robada y se la llevara a su casa.
El denunciante recurrió la sentencia apelando a que el juez no había podido oír a la novia del procesado porque ésta se había acogido a su derecho a no declarar en base a una mentira, esto es, que eran pareja cuando no era así. La Audiencia recalca que la joven sí declaró en la Policía porque no se le advirtió del derecho que sí tenía porque eran pareja cuando ocurrieron los hechos. De hecho, el tribunal entiende que este argumento responde a “estrategia procesal”, “dado que sería lo único que podría contribuir a sustentar lo pedido en el recurso”, esto es la condena.
El tribunal rechaza finalmente la apelación del denunciante pues, tal y como se plantea, supondría una nueva valoración de pruebas de carácter subjetivo, que impide la propia Constitución. No obstante, la Audiencia no ve mala fe en el recurso y exime al denunciante y víctima del robo al pago de las costas.
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