La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia absolutoria para los seis ceutíes que fueron detenidos por la Policía Nacional acusados de un delito de integración en organización terrorista. La operación se llevó a cabo el 24 de enero de 2015 en la barriada del Príncipe, en Ceuta, cuando componentes del CNP procedieron a la detención de estas personas a las que acusaban de formar parte de organización terrorista.
Según los datos a los que ha tenido acceso este periódico y después de que todos ellos fueran puestos en libertad hace unos meses, la Audiencia Nacional ha considerado que no había pruebas para su implicación, por lo que ha dictado la absolución para todos ellos.
El Ministerio Fiscal les había acusado de formar una célula estable adscrita al DAESH con capacidad y determinación de cometer atentados terroristas en España. Todos los acusados habían negado los hechos. Ahora, la Audiencia Nacional entiende que “en ningún momento ha existido prueba que acredite que los acusados formaban esa célula”.
Entiende la Audiencia que no ha quedado acreditada la comisión por parte de los acusados del delito de integración en organización terrorista, y “no aparece por ningún lado que las personas sometidas al presente procedimiento conformaran esa organización terrorista”.
Asimismo, la Audiencia Nacional critica la orfandad probatoria respecto a los acusados y especifica que “no se han encontrado auténticas pruebas de cargo que nos autoricen a condenar a los procesados”. Entonces han absuelto del delito de integración en organización terrorista a todos, y además también del delito de tenencia ilícita de armas. La Audiencia únicamente condena a Anuar A.A. como autor responsable de un delito de tenencia ilícita de armas a la pena de dos años de prisión.
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