Tilda esta acción de “abusiva e ilícita” y estima la demanda interpuesta por la Fiscalía. Le condena a que se abstenga de continuar con la práctica de sustituirla por factura electrónica
El Juzgado de Instrucción número 5 ha estimado la demanda interpuesta por el Ministerio Fiscal contra Acemsa, por la que se considera “abusiva” y por tanto “ilícita” la conducta adoptada por la entidad consistente en dejar de enviar la factura por sus servicios en papel a los abonados, sustituyéndola “sin expreso y previo consentimiento de los consumidores afectados” por una factura electrónica.
En una sentencia dictada por el magistrado Antonio José Pastor, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro, se condena a Acemsa a que “se abstenga de realizar la conducta consistente en dejar de enviar la factura por sus servicios en papel a los abonados y su sustitución sin expreso consentimiento de los afectados por la electrónica”.
Acemsa no podrá volver a cometer esa actuación porque ya no es un partido político el que se lo pide, sino que lo dicta un juez en una sentencia que viene a estimar totalmente las tesis formuladas por el Ministerio Fiscal, quien presentó demanda de acción de cesación contra esta práctica el pasado 3 de abril.
En el fallo “se prohíbe que en el futuro Acemsa realice dicha práctica” y se establece que “los pronunciamientos declarativos de esta sentencia afectarán a las personas físicas o jurídicas que incurran en la misma práctica, aunque no hayan sido parte en el proceso”.
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Multa de 30.000 euros por cada día que no se dé cumplimiento a lo ordenado
Además el magistrado ha ordenado la publicación de esta sentencia de manera íntegra en un medio, con cargo a Acemsa, y se le impone la obligación de “informar al Juzgado sobre las medidas adoptadas para prevenir la reiteración en el futuro de la conducta litigiosa”.
El Juzgado es claro y contundente en su sentencia, dando de plazo diez días para dar cumplimiento a todo lo ordenado, advirtiendo de que, de no cumplirse, se impondrá a Acemsa la multa coercitiva diaria de 30.000 euros.
En el fallo se estima punto por punto todo lo solicitado por la Fiscalía. Por escrito de fecha 23 de abril, la representación judicial de Acemsa se allanó a todas las pretensiones del Ministerio Público, valorándose que su postura no suponía “fraude de ley o algún tipo de renuncia al interés general o perjuicio de tercero”, por lo que se procedió a estimar las pretensiones, de forma íntegra, de la Fiscalía.
Ya el Ministerio Público dictó el pasado marzo un decreto obligando a Acemsa a enviar las facturas en papel, algo que hizo público MDyC, partido que había denunciado en cuantiosas ocasiones esta situación.
Finalmente se ha tenido que recurrir a la vía penal para dar la razón a los usuarios, algo que ha sido duramente criticado en los últimos meses por todas las instancias judiciales, encabezadas por el propio presidente del TSJA, Lorenzo del Río, por cuanto supone una judicialización sin sentido de la vida política.