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El juzgado pide a la Ciudad el informe por el que se archivó la inhabilitación a dos policías condenados

El Juzgado de Instrucción número 4 de Ceuta ha retomado la causa por la que se dilucidará si se archivó la inhabilitación a dos policías locales condenados por el Tribunal Supremo de forma consciente o no. Lo ha hecho a instancias de un auto de la Audiencia Provincial que se conoció en marzo y por el que se revocaba el sobreseimiento provisional del caso.

Así, el consejero de Gobernación de la Ciudad Autónoma, Jacob Hachuel, ha vuelto a ser citado judicialmente para el próximo 18 de septiembre a las 10.30 y al mismo tiempo el juzgado ha exigido al Gobierno local que remita el informe que provocó la suspensión de la referida inhabilitación. También ha sido citado a declarar, pero en calidad de testigo, el secretario de la Ciudad, Miguel Ángel Ragel Cabezuelo. Así lo recoge una providencia fechada a 25 de julio a la que ha tenido acceso íntegro El Faro de Ceuta.

En concreto, el Juzgado de Instrucción número 4 ha exigido a la Consejería de Gobernación una copia del escrito que remitió a Recursos Humanos de la Ciudad: el informe firmado por Hachuel "en caso de que así se hubiera hecho" que provocó la suspensión de la inhabilitación de los dos agentes.

Los agentes, con una condena ratificatoria del Tribunal Supremo, continuaron ejerciendo. Hachuel archivó en 2016 el expediente disciplinario con la inhabilitación de los mismos en base a un auto de la propia Audiencia Provincial dictado en 2014 por el que se acordaba suspender las penas de cárcel y la accesoria de inhabilitación siempre y cuando los agentes no cometiesen ningún delito.

La magistrada de Instrucción entendió en esta causa que el consejero de Gobernación no era competente para echar a los policías locales y que no actuó con dolo. La Audiencia Provincial revocó ese sobreseimiento provisional en marzo de este mismo año, tras estimar parcialmente los recursos de la Fiscalía y de la acusación particular, que defiende los intereses de la familia Mizzan, cuyo cabeza de familia fue la víctima de la actuación policial en 2005 por la que se condenaron a los agentes.

En el auto por el que se revocaba el sobreseimiento provisional a la causa contra Hachuel, la propia Audiencia Provincial entendía que ahora, de nuevo en fase de Instrucción, "la juzgadora estará en condiciones de replantearse si su análisis de la actuación del investigado fue correcta", con el objeto de despejar saber si el no actuar contra los agentes fue un "despropósito continuado de dejadez" por parte de la Ciudad Autónoma o lo fue "la voluntad directa de salvaguardar a los dos policías".

El consejero defendió que obró bajo el asesoramiento de los técnicos

Aunque los hechos de la causa se remontan a antiguo (la sentencia contra los dos policías locales versa sobre unas actuaciones que datan del año 2005), fue en 2012 cuando la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta condenó a los dos policías a dos años de cárcel y a una pena accesoria de inhabilitación, que después fue ratificada por el Supremo.

Sin embargo, durante la causa abierta por presunta prevaricación por parte del consejero de Gobernación, Hachuel, se dirime si hubo dolo al firmar un decreto en 2016 que sobreseía el expediente disciplinario a los dos agentes. El consejero se amparó ante Fiscalía en que los Servicios Jurídicos de la administración local plantearon varios criterios, si en caso de aplicarse la inhabilitación esta debía conllevar la pérdida de condición de funcionario o si por lo contrario la “suspensión” de la condena dictada por la Audiencia para la pena principal de prisión y accesorias dejaba de exigir su expulsión.

El Juzgado de Instrucción sobreseyó en primera instancia esta causa, ahora reabierta, al entender que Hachuel no obró con dolo, ya que a su Consejería no le competen aquellas sanciones que supongan la pérdiad de condición de funcionario: esto solo compete a Recursos Humanos. Ahora la jueza comprobará si se remitió a Recursos Humanos el tema.

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