El Juzgado absuelve al menor relacionado con el caso abierto por el crimen de ‘Caniche’

  • La magistrada resuelve en su fallo la inexistencia de pruebas contra ‘Pajarito’

La magistrada del Juzgado de Menores ha dictado sentencia absolutoria para A.M.M., el único menor de edad relacionado con la causa seguida por el crimen de ‘Caniche’. La falta de pruebas que lo relacionaran con los delitos de encubrimiento, daños mediante incendio, profanación de cadáveres y pertenencia a grupo criminal ha sustentado este fallo absolutorio. El Ministerio Fiscal pedía 2 años de internamiento para el menor, a quien se le acusaba de haber adquirido la gasolina que luego se empleó para quemar el cadáver de ‘Caniche’, que antes ya había sido asesinado de un disparo en la cabeza. Esta acusación fue negada por el menor en el transcurso del juicio oral que se siguió en varias sesiones a puerta cerrada.

Lo único que queda probado es que efectivamente el acusado compró unos euros en gasolina en la noche del 14 de diciembre de 2014, extremo que éste no negó en su declaración efectuada en el juicio y que de hecho había sido recogido por las cámaras de seguridad de la estación de servicio. “Lo que no puede estimarse probado”, se advierte en la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, “con la certeza que exigiría una condena, es que el menor hubiese tenido participación alguna en la causación del incendio o de que, al tiempo de adquirir la gasolina, hubiese sido conocedor del previo homicidio o de que la gasolina que adquiría iba a ser empleada en la quema del cadáver”, apunta. “En modo alguno puede extraerse con las debidas garantías dicho conocimiento, negado con absoluta rotundidad en todas y cada una de las declaraciones del menor”, puntualiza.

La falta de pruebas sirve de fundamento para la cadena de absoluciones que se van recogiendo en este fallo para los delitos con los que se le relacionaba al acusado. Concreta la magistrada en su sentencia que tampoco cabe hablar de una presunta planificación entre los acusados adultos (que tendrán que ser juzgados en la Audiencia) y el menor “para la quema del cuerpo a fin de hacer desaparecer las pruebas del homicidio” ya que, de ser así, “lo lógico hubiera sido que, al tiempo de su comisión, ya contasen con la gasolina en su poder”. Está “descartado” el “previo conocimiento por parte del encausado del destino que iba a darse a la gasolina en cuya adquisición participó” por lo que cabe descartarse de igual manera cualquier relación con los daños ocasionados en el vehículo blindado hallado en el entorno del Jaral con el cuerpo quemado de ‘Caniche’ en su interior.

En el desarrollo efectuado por la titular del Juzgado de Menores se insiste continuamente en la ausencia de pruebas que puedan relacionar al menor con las acusaciones. “Ninguna participación cabe imputarle más allá de la compra de gasolina reconocida por él mismo en juicio”, insiste. Descartado el delito de daños, también se descarta el de profanación de cadáveres o de falta de respeto a su memoria. Respecto al de encubrimiento, el Juzgado señala que “no bastan simples sospechas o presunciones, sino que habrá de tener conocimiento de un acto ilícito anterior y, en concreto, de que se trata de un delito”, además de que ese “conocimiento ha de ser previo a la realización de su propia conducta”. “Al no tener acreditado que al tiempo de adquirir la gasolina fuera conocedor del previo homicidio de Mohamed Aziz es por lo que procede absolverle también de este delito”, recalca, al faltar “el elemento subjetivo preciso para la concurrencia de dicho tipo penal, se hubiese o no empleado dicha gasolina para la quema del cadáver, al no poder tampoco imputarle con la debida certeza participación alguna en la causación del incendio del vehículo”.

Sobre la acusación de pertenencia a grupo criminal, se sigue el mismo procedimiento ya que “no queda acreditada la participación en los hechos” ni tampoco en el tiroteo ocurrido después, en enero de 2015, que la Policía relaciona a los mismos presuntos implicados.

LAS CLAVES

Juicio

A puerta cerrada

Se desarrolló en varias sesiones judiciales contándose con la declaración de policías de Ceuta y de Torremolinos así como con varios testigos. El menor se negó a declarar salvo a preguntas de su abogada.

Sustento

No hay pruebas

Toda la sentencia dictada por el Juzgado de Menores se centra en la inexistencia de pruebas que vinculen al menor con los hechos, quedando solo constancia de que compró 3 euros en gasolina.

Delitos

Acusaciones

Se le acusaba de profanación de cadáveres, daños mediante incendio, encubrimiento y pertenencia a grupo organizado. De todos los delitos ha quedado absuelto en esta sentencia que al no ser firme puede ser recurrida.

Procedimiento

Único menor

‘Pajarito’ es el único menor que fue detenido en esa causa y que queda absuelto. Quedan por ser juzgadas las distintas personas que fueron detenidas por la Policía Nacional y que se someterán a juicio en la Audiencia.

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