La juez de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ceuta ha dictado un auto en el que acuerda continuar el procedimiento por los trámites del procedimiento abreviado contra 60 personas en el marco del denominado ‘caso Emvicesa’ relacionado con la adjudicación de viviendas de protección oficial ubicadas en la parcela B4 del Plan Parcial Loma Colmenar de Ceuta.
En un auto fechado este lunes, la magistrada acuerda continuar el procedimiento contra estas 60 personas y da traslado al Ministerio Fiscal para que, en un plazo de diez días, solicite la apertura de juicio oral o, en su caso, el sobreseimiento de las actuaciones. En la misma resolución, la instructora archiva la causa contra dos investigados “al no existir elementos incriminatorios o indicios criminales sostenibles para iniciar el procedimiento abreviado frente a ellos”.
Entre los investigados, se encuentra el que fuera viceconsejero de Vivienda y gerente de la Empresa Municipal de la Vivienda de Ceuta (Emvicesa), Antonio López, al que la juez considera “cabecilla de la organización criminal y máximo responsable” y al que atribuye presuntos delitos continuados de malversación de caudales públicos, prevaricación, organización criminal, cohecho, blanqueo de capitales, tráfico de influencias y falsedad documental.
La juez también continúa el procedimiento contra cinco funcionarios de Emvicesa, tres miembros de la Comisión Local de la Vivienda, el que fuera en la fecha de los hechos gerente del PP y los “clientes o compradores de las viviendas”, a los que atribuye de manera genérica y según cada caso presuntos delitos de cohecho, organización criminal, falsedad documental, malversación, prevaricación administrativa y tráfico de influencias.
La magistrada relata que, de las diligencias practicadas, “se ha sabido” que el que fuera gerente de Emvicesa y otros investigados denominados “captadores” formaban “una organización criminal” a través de la cual el primero “entregó (que se haya podido acreditar) viviendas de la promoción 170 de Loma Colmenar y lo intentó respecto de la conocida como lista fantasma de las 317 viviendas (que quedó frustrado por su cese), previo pago de precio” por parte de particulares.
En este sentido, la juez señala que “dicho precio lo pagaban a los captadores”, de modo que, “cuando los captadores tenían a un particular interesado en la vivienda, lo ponían en conocimiento del cabecilla, quien, por su cargo, lograba que ingresaran en la lista de adjudicatarios”.
En el auto, la instructora precisa que, de las diligencias practicadas, “se sabe que o bien el cabecilla los colaba en la lista de adjudicatarios (no consta que cumplieran los requisitos) o bien entregaba documentos creados falsariamente que parecían conceder derecho a la vivienda (los compromisos)”.
Según la magistrada, de las diligencias practicadas “se ha puesto de manifiesto sin lugar a dudas esa relación criminal” entre los investigados referidos, punto en el que indica que “la mayoría de los particulares investigados por cohecho (aquellos que abonaron determinadas cantidades de dinero para la obtención de vivienda), reconocieron las entregas de efectivo a dichos individuos”.
Asimismo, la juez ve “llamativo” el “caudal que ha amasado” López, tal y como consta en el informe patrimonial que ha dado lugar a una pieza separada, añadiendo que “dicho aumento patrimonial se debe a la inversión de los ingresos obtenidos de la actividad delictiva ejecutada” por el investigado, “dado que no existe paralelismo entre los ingresos que dice percibir o que percibe con el nivel económico que mantiene”.
En relación a los cinco funcionarios de Emvicesa investigados, la magistrada afirma que los mismos tendrían una “especial relevancia” en “la trama criminal organizada” por el ex gerente de Emvicesa “para obtener el enriquecimiento, dado que dichos funcionarios, que participaban con funciones administrativas en el procedimiento de selección de los adjudicatarios de vivienda, (...), han actuado a las órdenes irregulares del cabecilla de la trama, a sabiendas de que las directrices que tomaban y la selección de beneficiarios de las viviendas que éste hacía, ni eran respuesta del proceso legal de selección ni eran fiscalizadas por la comisión local de la Vivienda”.
“Lejos de negarse a cumplir dichas órdenes, las acataban a sabiendas de su injusticia, bien porque se beneficiaban de sus decisiones, o bien por otros motivos que han quedado ocultos para esta instrucción”, afirma la instructora, que agrega que el hecho de que un funcionario público “no cumpla con sus funciones y permita la terrible situación que se vivía en Emvicesa, solo puede contestarse por confirmar que obtenían réditos”.
La juez también dirige el procedimiento contra tres miembros de la Comisión Local de la Vivienda, ya que “ha quedado acreditado que dicho órgano, encargado de la fijación de criterios, control de aplicación de los mismos, aprobación de lista de adjudicatarios y fiscalización última del proceso llevado a cabo en Emvicesa, ni realizó proceso reglado en la promoción de las 170 ni en la promoción de la conocida lista fantasma, ni fijó criterios de selección para el proceso de las 170 viviendas y la lista fantasma, ni aprobó ninguna lista de adjudicatarios en la promoción de las 170”, incurriendo en una serie de “falsedades” que la juez enumera en el auto.
Para finalizar, la magistrada acuerda continuar el procedimiento contra los “compradores de viviendas o clientes”, a todos los cuales atribuye un presunto delito de cohecho.
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