Joven, madre y presa: Francia espera su extradición por narcotráfico

La lucha de esta mujer por evitar su permanencia en prisión choca con la decisión de la Audiencia Nacional de mantenerla, tras ser detenida en Ceuta

La reclama el Tribunal de Toulon (Francia) por un delito de tráfico de drogas. Ella, de 23 años y con un niño de 9 meses, se niega a que la mantengan privada de libertad a la espera de su entrega a las autoridades francesas tras ser detenida en Ceuta.

La primera batalla contra esta decisión judicial la ha perdido. La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por su abogado para que la pusieran en libertad, rechazando su argumento de inexistencia de riesgo de fuga.

No lo cree así y opta por mantener en prisión a la joven hasta que se ejecute su entrega a las autoridades francesas, atendiéndose así la orden europea de detención y traslado emitida.

Una medida "desproporcionada"

Para la defensa de la joven esa medida es “desproporcionada”, ya que no existe justificación para exponer un riesgo de fuga.

Sin antecedentes, sin arraigo en España y con un bebé a su cargo, su defensa expuso además que no existían indicios de que la joven estuviera relacionada con una red de tráfico de drogas por lo que se enfrenta a una pena máxima de 10 años.

Su arresto en Ceuta fue casual, ya que estaba en la ciudad de paso para hacer unas compras, pero los filtros policiales alertaron de que se le reclamaba por otro país.

Prisión y procesos de extradición

La Audiencia Nacional expone en su resolución que la medida de prisión en un procedimiento de extradición tiene como finalidad garantizar que se pueda hacer la entrega al Estado reclamante, sin entrar en la participación de la persona reclamada en los hechos o delitos imputados y objeto de la reclamación judicial.

“Los procesos de extradición como las órdenes europeas de detención y entrega se basan en la cooperación jurídica internacional y son necesarios precisamente para evitar que la acción de la Justicia de un país se vea eludida con el abandono del territorio por parte de las personas imputadas en un proceso penal”, expone la Audiencia Nacional en su resolución, a la que ha tenido acceso este periódico.

El deber de no valorar delitos

Se recuerda además que el Tribunal carece de competencia y de jurisdicción para valorar indicios de criminalidad, y por tanto “no puede ni debe entrar a valorar los hechos objeto de la petición extradicional, pues lo hará otro órgano jurisdiccional si la documentación llega a presentarse. De ahí que no podamos entrar a analizar las alegaciones expuestas por el apelante referidas a los hechos y a su presunta participación en ellos de la reclamada”, expone.

La prisión provisional acordada “cumple con las notas de estricta necesidad, subsidiariedad y proporcionalidad que rigen esta medida, teniéndose en cuenta la entidad de los hechos que se le atribuyen, tratándose de una ciudadana de nacionalidad francesa, con relación a la cual las autoridades judiciales se han visto en la necesidad de dictar la referida OEDE ya que no estaba a disposición de los tribunales franceses que le reclaman”.

La extradición, una medida ajustada

La Audiencia Nacional rechaza que la reciente maternidad sea motivo de libertad, ya que sus familiares pueden hacerse cargo del bebé.

“La adopción de la prisión provisional está plenamente justificada. La solicitud de extradición lo es por hechos graves, esto es, por un delito de tráfico de drogas punible con un máximo de 10 años de prisión, siendo perfectamente comprensible y adecuado desde el punto de vista legal que se acuerden las medidas necesarias para asegurar la referida entrega”.

Entre esas medidas se encuentra la prisión provisional, “atendido que la penalidad es lo suficientemente elevada como para que exista de manera razonable un evidente riesgo de fuga, especialmente teniendo en consideración que la prisión se decreta sobre quien está en España, sin ningún tipo de arraigo ni vinculación , fuera del alcance de las autoridades judiciales competentes para enjuiciarle, sin que se haya presentado voluntariamente ante las mismas y además ha opuesto a su entrega”, concluye.

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