El portavoz accidental de la coalición Caballas, Juan Luis Aróstegui, fue quien llevó al debate este asunto durante el trámite de interpelaciones. “Hemos tenido conocimiento informal de la realización de contratos administrativos menores que nos sorprenden porque, de algún modo, sortean los mecanismos de fiscalización para, cuando se trata de personas eludir la concurrencia pública y cuando se trata de empresas, elegirlas directamente”, contextualizó su iniciativa el localista.
Según Aróstegui, pese a que el PP “se había comprometido a erradicar las contrataciones de personal fraudulentas, pero al ir a revisar determinados expedientes nos encontramos con que no se fiscalizan previamente”.
El consejero ha reconocido que “es cierto” que no se fiscalizan la inmensa mayoría de los contratos menores porque “no es una obligación legal”. “No se están respetando, al menos en parte, las Bases de Ejecución, pero ello no quiere decir en ningún caso que se esté incurriendo en ilegalidad alguna porque también es cierto que, inexcusablemente, se realiza una fiscalización previa al pago”.
“No hay ningún tipo de fraude”, insistió Martínez, quien también aseguró haber dado instrucciones para proceder a la fiscalización previa de los contratos menores “a partir de este mismo momento”.
“La Ley no obliga, pero tampoco impide, y la Asamblea ha decidido algo esa decisión es vinculante”, afeó Aróstegui al Ejecutivo su comportamiento reduciendo a “valor nulo” el de la Bases de Ejecución. “Espero que así sea y que a partir de ahora se fiscalicen los contratos menores, pero que se cumpla el compromiso, no como se ha hecho con los administrativos, con los que no ha aplicado su promesa, algo que cuando se vulnera es por una razón: por corrupción”. Martínez ha asegurado que sí se ha cumplido también ese compromiso: “Yo personalmente he paralizado prórrogas de contratos con personas físicas”, dijo.
Documentación
Requisitos
Las Bases exigen que se presente “propuesta previa del gasto, determinando, al menos, plazo de garantía, fianza, forma de constitución o dispensa de la misma, autorizada por el consejero que corresponda”.
Contabilidad
En los contratos de obra también es necesario que se aporte el presupuesto de la misma, así como los correspondientes documentos contables (AD o ADO, según el caso, tal y como establecen las Bases).
Factura
Por último, se requiere “certificación cuando proceda y, en todo caso, factura con los requisitos exigidos en el Real Decreto 2402/1985 y las Bases de Ejecución del Presupuesto para 2012.