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Internado en un centro tras romperle una costilla a un policía nacional

El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a N.A.A.L. por delitos de atentado y lesiones. Este varón es la misma persona que quemó la casa en donde reside en la Gran Vía y se resistió a su detención por los agentes de servicio.

El acusado reconoció los hechos y aceptó la pena de 1 año, 6 meses y 1 día de prisión por el delito de atentado, 3 meses más de cárcel por el de lesiones y una multa de 1 mes a razón de 3 euros diarios por el delito leve de lesiones.

Según el informe forense presentaba sus capacidades mermadas por su adicción a las drogas, por lo que se le aplicó una eximente incompleta y se ordenó que de forma alternativa a la prisión sea internado en un centro médico público o privado donde se le pueda tratar.

En lo que se refiere a la responsabilidad civil, el acusado tendrá que indemnizar a la Policía Nacional con 851,25 euros por los daños causados en el chaleco antibalas del agente, 1.454 euros a un policía por las lesiones causadas y 25.739 euros a otro agente por diferentes lesiones, entre ellas una costilla rota.

Los hechos ocurrieron en junio de 2022. El ahora condenado se encontraba alojado en una habitación del Hotel Ulises. Tras varias advertencias del personal hotelero para que abandonara el recinto y tras negarse en repetidas ocasiones a hacerlo se personaron agentes del Cuerpo Nacional de Policía.

Estos policías instaron al acusado a abandonar el hotel y este, con ánimo de menoscabar el principio de autoridad que los funcionarios representan, se dirigió a los mismos con expresiones como: “Me habéis robado, hijos de puta. Fuera de aquí, os voy a matar” resistiéndose fuertemente a ser detenido y a abandonar la habitación.

Debido a este forcejeo, el acusado aprovechó un descuido para agarrar un chuchillo y acometer en la zona de las costillas sobre uno de los agentes, cortando la primera capa del chaleco antibalas y provocando incluso la rotura de una de las costillas.

El acusado, al momento de la comisión de estos hechos, se encontraba con trastorno del estado de ánimo y otro por consumo de sustancias estupefacientes que afectaba a sus capacidades para conocer la naturaleza ilícita del hecho que se le imputa y actuar conforme a esa comprensión.

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