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Ingesa destina 217.000 euros a contratar interrupciones del embarazo

La entidad argumenta que en Ceuta no hay ningún centro acreditado para realizar abortos, "habiendo ejercido" la objeción de conciencia "todos los facultativos especialistas" del Hospital Universitario

El Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa) publica en el Boletín Oficial del Estado de este lunes (BOE) la licitación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo (IVE) a pacientes derivadas por la Gerencia de Atención Sanitaria de Ceuta. El plazo de presentación de ofertas finaliza el 26 de abril.

El contrato consta de dos lotes, el primero de abortos hasta las 14 semanas (180.000 euros) y el segundo para embarazos tanto a partir de ese tiempo de gestación como para aquellos de alto riesgo (37.000 euros), con un importe inicial de 130.200 euros y un valor estimado de 217.000 euros incluyendo prórrogas. El plazo de ejecución será de tres años pudiéndose prolongar hasta un máximo de dos.

La entidad gestora de la sanidad pública en Ceuta debe garantizar a sus pacientes a las prestaciones sanitarias en condiciones de igualdad respecto a los residentes en otras autonomías y para ello considera necesario contratar las IVE. Para facilitar el desplazamiento de las pacientes, Ingesa considera necesario contratarlo con un centro sanitario lo más próximo posible a la ciudad autónoma.

Objeción de conciencia y sin centros acreditados en Ceuta

La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo reconoce el derecho de los profesionales directamente implicados a ejercer la objeción de conciencia (artículo 19.2) "y habiendo ejercido este derecho todos los facultativos especialistas de Obstetricia y Ginecología del Hospital Universitario de Ceuta, no resulta posible llevar a cabo este procedimiento, habida cuenta además que en Ceuta no hay ningún otro centro sanitario acreditado para realizar dicha prestación", según recoge el informe justificativo.

Sobre la carencia de medios suficientes para atender el servicio, Ingesa argumenta que actualmente se siguen manteniendo las mismas circunstancias y, en consecuencia, ante esa falta de "medios personales suficientes y cualificados" para cubrir las necesidades que se tratan de satisfacer a través de este contrato, resulta necesaria su adjudicación a un centro acreditado que garantice el acceso a la prestación del Sistema Nacional de Salud.

Qué comprende el servicio

El servicio objeto de este contrato que sale a licitación comprende de la consulta médica y la valoración del facultativo a las determinaciones analíticas, la técnica de IVE así como las pruebas anteriores y posteriores al procedimiento así como el seguimiento ante posibles incidencias.

El artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y del aborto voluntario dispone que "se garantiza el acceso a la interrupción del embarazo en las condiciones que determinan en esta ley" y el artículo 13 obliga a que la misma "se practique por un médico especialista o bajo su dirección" y "que se lleve a cabo en centro sanitario público o privado acreditado".

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