Opinión

Indefensión ante la Guardia Civil

La Guardia Civil es una de las pocas instituciones creadas en el siglo XIX que perduran en el siglo XXI. Esto no es fruto de la casualidad, lo es porque tanto colectiva como individualmente ha sabido adaptarse a los cambios sociales y normativos, haciendo del acatamiento del ordenamiento jurídico y del servicio al ciudadano su razón de ser. Es un cuerpo policial garantista que cuida en extremo la observancia de los derechos de las personas que se ven involucradas en la comisión de un delito o de una infracción; pero no siempre es así, la Guardia Civil permanece anclada en el siglo XIX cuando se trata de legislar para ella misma y, más aún, cuando se trata de actuar contra los propios guardias civiles.

En muchos casos esta falta de garantías arroja como resultado la imposición de sanciones disciplinarias simplemente porque se da más credibilidad a la versión de un superior por el simple hecho de serlo. Y esto no acaba aquí, porque para más indefensión se imponen las sanciones sin agotar todos los recursos.

Cada vez son más frecuentes las sentencias de los tribunales que dejan sin efecto las sanciones impuestas por la Guardia Civil a sus integrantes, como ha sido el caso del procedimiento ganado por los servicios jurídicos de AEGC en Murcia, dirigidos por el abogado ANDRÉS SILVENTE GONZÁLEZ, en el cual el Tribunal Contencioso Disciplinario Militar ha tumbado la sanción por falta grave impuesta a un compañero destinado en la Comandancia de Murcia que, tras ser acusado injustamente por sus mandos, fue víctima de un largo proceso en el cual, como ha reconocido el propio tribunal, no se le permitió utilizar todos los medios de defensa a los que tenía derecho.

El tribunal ha fallado que se ha producido indefensión negándole las pruebas testificales que solicitaba, con las que el procedimiento hubiera sido breve y se hubiera evitado el suplicio que tuvo que pasar el guardia civil y su familia ya que, una vez practicadas dichas pruebas por el tribunal, ha quedado acreditado que no existía prueba de cargo.

Desde AEGC nos preguntamos si se va a adoptar alguna medida disciplinaria contra los mandos que han ocasionado este perjuicio a un guardia civil, ya que ha quedado acreditado que no actuaron con la profesionalidad y diligencia que de ellos se esperaba, incluso para más irresponsabilidad, llegaron a abrirle otros dos expedientes disciplinarios, porque consideraban una falta de respeto las alegaciones realizadas en los recursos planteados para defenderse.

No sólo lo sancionaron injustamente, además se intentó amedrentar, silenciar y limitar su derecho de defensa con todas garantías, abriéndole nuevos expedientes disciplinarios y, por tanto, se quiso vulnerar otro derecho más del guardia civil, como es la libertad de expresión.

Desde AEGC no vamos a parar de denunciar y reclamar la modificación de un régimen disciplinario, desde nuestro punto de vista, injusto y poco garantista que permite la imposición de sanciones sin que se hayan agotado todos los recursos a los que tiene derecho el encausado.

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