Un ciudadano ceutí nos hace llegar esta queja respecto del incidente que vivió en Algeciras en 2014 y que expone ahora tras finalizar los trámites realizados con el Ayuntamiento de Algeciras y el Defensor del Pueblo Andaluz.
Entre la abundante documentación, este lectos nos hace llegar las quejas formuladas a ambas instituciones así como la respuesta de ambas y fotografías de la zona donde dejó su vehículo, que fue retirado por la Policía Municipal algecireña:
“El pasado día 28 de marzo, a las 13:30 horas, estacioné mi vehículo en la Avenida Virgen del Carmen nº 27, próximoa la estación marítima, ya que mi intención era ir a Ceuta y volver a Algeciras pasado unos días. El día 16 del corriente fue mi hija para retirarlo y el vehículo no se encontraba en el lugar que yo lo había aparcado, por lo que me puse en contacto con la Policía Local de Algeciras para denunciar la sustracción de mi vehículo. Ellos me dijeron que preguntara en el Depósito Municipal de Vehículos de la ciudad ya que estaban haciendo unas obras en dicha avenida, y era posible que lo hibieran retirado la grúa municipal, cosa que me extrañó en un principio ya que el vehículo estaba perfectamente aparcado en una zona de aparcamiento habitual y no era la primera vez que los dejaba en dicho lugar. Cuando lo dejé no había señal que informara de ninguna prohibición de aparcar ni mediante panfletos en los parabrisas ni mediante señales de tráfico alguna. ¡No existía ninguna prohibición!
Llamé al Depósito Municipal y me confirmaron que mi vehículo se encontraba en dicho depósito desde las 11:56 horas del día 31 de marzo y que para retirarlo tendría que abonar la cantidad de 203,94 euros, en concepto de: 16 días de depósito 24 horas 108,80 euros, más 95,14 euros de grúa, los cuales se abonó en el momento y se retiró mi vehículo.
Más tarde observé por pura casualidad que junto al papel que le dieron había otro papelito en el cual decía que me sancionaban con 80 euros de multa “por estacionarlo donde lo prohibía la señal”, cosa que me extrañó, porque como ya he dicho antes, cuando yo aparqué mi vehículo allí no había ninguna señal que lo prohibiera. Además, en dicho papel pone que si lo abono antes del 20/04/2014 la cantidad es de 40 euros.
Esta sanción o como se le quiere llamar la veo a toda luz injusta e impropia y bajo mi punto de vista es un completo abuso.”
Este ciudadano recibió la respuesta del Ayuntamiento de Algeciras desestimando su solicitud de que le devolvieran el dinero pagado por la retirada del vehículo del Depósito Municipal y de la multa posterior. Por ello, envió toda la documentación al Defensor del Pueblo Andaluz, incluida la legislación vigente respecto de las condiciones de la retirada de vehículos de la vía pública. El Consistorio algecireño, en base a los informes policiales, argumentó que el vehículo de nuestro lector se retiró “en base al artículo 85.1 de la Ley 18/2009 en su apartado ‘A’ por lo que el vehículo causaba perturbaciones a la circulación de vehículos debido a obras”.
Nuestro lector, en su denuncia al Defensor del Pueblo Andaluz, refiere que el artículo 85.3 dice: “La Administación deberá comunicar la retirada y depósito del vehículo al titular en el plazo de 24 horas. La comunicación se efectuará a través de la Dirección Electrónica Vial, si el titular dispusiese de ella”. “Y a mí, nadie me comunicó nada en ningún momento. Ni antes ni después”, lamenta este ciudadano.
Así pues, las gestiones realizadas entre el Defensor del Pueblo Andaluz y el Ayuntamiento de Algeciras han dado como resultado la negativa a devolver el dinero abonado por el perjudicado, si bien el Ayuntamiento en una respuesta al Defensor indica: “que se ha instado al Superintendente Jefe de la Policía Local para que se estudie y articule un protocolo de comunicación a los titulares de los vehículos retirados por el Servicio Municipal de Grúa para que éste sea el menor posible, cumpliendo con la normativa de aplicación en consonancia con las instrucciones dictadas por la Dirección General de Tráfico”, zanjando así el expediente abierto.
Por último, este lector nos comunica que: “Después de leer la documentación remitida verá que no tiene desperdicio. ¿Cómo es posible que el Ayuntamiento de Algeciras en su afán recaudatorio haga caso omiso a lo que le dice el Defensor del Pueblo Andaluz el cual me da la razón? ¿Cómo es posible que le tenga que reiterar hasta en dos ocasiones que le remita la documentación que le pide? Es lamentable que se atropelle a los ciudadanos de esta forma”.
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