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El Imserso practica injerencias con personal militar en Ceuta

Amcanevas Abogados denuncia que militares de Ceuta fueron llamados para revisar su discapacidad a pesar de no tener competencia para ello

La Secretaría de Estado de Derechos Sociales ha resuelto que el Imserso no tiene competencia para revisar y modificar resoluciones de incapacidad absoluta permanente no revisables del personal militar (ni de cualquier funcionario) tras los requerimientos presentados por Amcanevas Abogados en representación de varios militares a los que, según el despacho, el organismo negó la tarjeta de discapacidad y quiso revisarles el grado, a pesar de tener un resolución firme de “gran invalidez”.

Los abogados explicaron que, tras la solicitud de la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad de sus clientes, el organismo los citó para otro pericial, a pesar de ser este proceder “constitutivo de delito”, según los letrados.

El bufete de abogados refirió hasta tres procedimientos y se mostró tajante: “Hemos enviado un ultimátum a la dirección territorial del Imserso para que provea a nuestros representados de la tarjeta acreditativa de grado de discapacidad por tener un resolución firme de gran invalidez. Si no, abriremos vía penal por prevaricación”, advirtieron.

El pasado mes de octubre, desde este despacho especializado en derecho castrense se presentó una solicitud de información pública para conocer las competencias de dirección del Imserso de Ceuta para revisar y modificar resoluciones de incapacidad absoluta permanente no revisables del personal militar emitidas y publicadas en boletín oficial de la Ministra de Defensa y verificadas por Clases Pasivas.

La resolución, a la que ha tenido acceso este medio, recoge de manera contundente que “el Imserso no tiene competencia para conocer, revisar o modificar este tipo de resoluciones, cualquiera que sea el régimen público de prestaciones en el que esté encuadrado el personal militar”.

Desde la Secretaría de Estado de Derechos Sociales especifican en el texto que, con dicha notificación se pone fin a la vía administrativa, indicando que “podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial competente”.

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