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El Imserso inicia el pago de las subvenciones

La Delegación del Gobierno comunica que estas cantidades están siendo ingresadas en estos días en las cuentas corrientes que se hicieron constar en las solicitudes, a la vez que se envían las cartas con el contenido de la resolución

Tras su instrucción y aprobación, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) está procediendo en estos días al pago de las subvenciones individuales e institucionales del año 2021 a residentes en Ceuta, convocadas por Resolución de 20 de abril de 2021 del Imserso, tal y como informa la Delegación del Gobierno en un comunicado de prensa.

Las ayudas individuales son de tres tipos: para mayores, personas en situación de dependencia y personas con discapacidad.

El número de solicitudes son:

  • 221 personas mayores
  • 91 personas en situación de dependencia
  • 475 personas personas con discapacidad

Como cada persona podía solicitar un máximo de tres ayudas, el número de ayudas solicitadas ascendieron a 331 en las de mayores, 189 en dependencia y 884 en discapacidad, habiéndose concedido total o parcialmente 199 en mayores, 138 en dependencia y 410 en discapacidad, por un importe, respectivamente, de 159.692 euros, 99.240 euros y 250.226 euros.

Si a esta cifra añadimos los 3.283 euros y los 20.498 euros concedidos a su vez en concepto de subvenciones a entidades por mayores y discapacidad la suma total a casi 533.000 euros.

Estas cantidades están siendo ingresadas en estos días en las cuentas corrientes que se hicieron constar en las solicitudes, a la vez que se envían las cartas con el contenido de la resolución.

En el caso de no haber incluido en la solicitud las facturas por elementos ya adquiridos, hasta final de marzo de 2022 se pueden para aportar las facturas de la adquisición, documentos que deberán presentarse en la Dirección Territorial del Imserso en Ceuta solicitando para ello cita previa.

El Imserso es una de las Entidades Gestoras de la Seguridad Social de España responsable de la gestión de los servicios sociales complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social, de las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas, así como del ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en materia de personas mayores y en materia de personas en situación de dependencia.

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