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El Imserso aumentará en un 56% el presupuesto a ayudas a personas con discapacidad

Con el aumento de esta partida en más de 200.000 euros el Imserso podrá atender a más demandantes al contar con casi medio millón de euros para destinarlos a colectivos vulnerables

El Imserso aumentará este año en un 56 por ciento el presupuesto destinado a la convocatoria de subvenciones de personas con discapacidad en Ceuta.

Tras haberse aumentado la partida, atendiendo a la petición que se llevó a cabo desde la Dirección Territorial del Imserso de Ceuta, en un 56 por ciento el presupuesto en este apartado, será posible atender en el año 2023 a más peticiones, destinadas a este colectivo de personas especialmente vulnerables y en muchos casos en riesgo de exclusión social.

Concluida la tramitación y el pago de la convocatoria de 2022 de las subvenciones del Imserso destinadas a personas mayores, con discapacidad o en situación de dependencia, se comunica que el presupuesto para la convocatoria de este año 2023 se ha visto incrementado en más 200.000 euros, pasando el crédito inicial total de 539.593,77 euros a 743.730,00 euros.

Esta subida afecta sobre todo al apartado de subvenciones individuales para personas con discapacidad, que ha pasado de 255.893,77 euros a 456.980,00 euros apartado este que año tras año registraba mayores necesidades y demandas.

Publicación en el BOE en pocos meses

En pocos meses se publicará en Boletín Oficial del Estado (BOE) la convocatoria de estas subvenciones, destinadas a personas con discapacidad, mayores y en situación de dependencia y también a entidades que atienden a personas mayores o con discapacidad.

A partir de la publicación en BOE se dispondrá de un mes para presentar el presupuesto del gasto que se quiera hacer, que deberá ajustarse a los elementos previstos en las bases, o bien del gasto que ya se haya hecho (siempre a partir del 1 de enero del presente año).

El Imserso es una de las entidades gestoras de la Seguridad Social de España responsable de la gestión de los servicios sociales complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social, de las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas, así como del ejercicio de las competencias de la Administración General del Estado en materia de personas mayores y en materia de personas en situación de dependencia.

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