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Imponen controles de temperatura en todos los centros de trabajo de la Ciudad

Deben someterse a ellos tanto los empleados públicos como los administrados que acudan de visita

El Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Ciudad Autónoma ha actualizado por sexta vez el Protocolo frente a la exposición al nuevo coronavirus con una actualización de las medidas preventivas en centros de trabajo de la Administración local que exige dotar a todas sus dependencias, “independientemente de que presten o no atención al público”, de sistemas de teletermometría para la determinación objetiva “a la entrada y a la salida de la jornada laboral y en cualquier otra que se realice en este periodo” de la temperatura corporal de los empleados públicos y de los administrados que pretendan acceder”.

El documento establece que se designará a un empleado público “para la realización del control y registro” de esta medida preventiva.

Si la temperatura medida fuese “igual o superior a 37,5 grados centígrados” no se permitirá el acceso o reentrada al centro a la persona afectada. Acto seguido se le deberá facilitar una mascarilla quirúrgica para que la use “inmediatamente” y se le tendrá que indicar “que se traslade a su domicilio y que contacte con las autoridades sanitarias para seguir sus instrucciones”.

Si la persona con una temperatura corporal anormal por alta fuera un trabajador de la Administración local debería contactar personalmente para comunicar esa incidencia tanto con el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales como con el Servicio de Epidemiología.

El Protocolo vigente también exige asegurar “disponibilidad permanente y suficiente de agua, jabón y papel secamanos” en los aseos de los centros de trabajo “independientemente de que presten o no atención al público”.

Finalmente, prescribe que las instalaciones municipales deben estar dotadas “en la medida de la posibilidad de adquisición” de “descontaminadores de la atmósfera del entorno laboral”.

 

Otras medidas

Atención al público: Distancias mínimas.

El Protocolo establece que la plantilla de atención al público debe ser “la mínima imprescindible y, a ser posible, con rotaciones periódicas”. También exige “las adaptaciones necesarias para que la distancia en la atención al público guarde un mínimo de dos metros, así como la distancia entre empleados públicos” y que “se impedirá, en la medida de los posible la entrada de acompañantes salvo en casos de ayuda a personas dependientes”.

Herramientas: Guantes, pantallas...

El Servicio de Prevención exige que los puestos de trabajo dispongan de solución hidroalcohólica, guantes, mascarillas, etcétera y “mamparas de protección que aseguren la contención de material exhalado”.

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