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¿El Señor de Ceuta sin culto por incultura, desidia o prepotencia?

No salgo de mi asombro desde que leí en este medio una carta de un devoto del Cristo de Medinaceli que se quejaba con razón de no poder visitar y dar culto al Señor de Ceuta por el cierre de su templo motivado por la marcha ya anunciada de los Hermanos de la Cruz Blanca. Mi asombro e indignación fue creciendo cuando la queja se refería a la negativa del Señor Obispo de nuestra Diócesis a que las Sagradas Imágenes fueran trasladadas a su casa de Hermandad. ¿Por qué?
Tengo conocimiento de que la Junta de Gobierno había decidido que, cuando se trasladaran los Hermanos de Cruz Blanca, bajarían las Imágenes a la Casa de Hermandad, y allí permanecerían al culto hasta que finalizaran las obras de su templo, que dicho sea de paso, pueden durar como las de San Francisco. ¿Con qué derecho los representantes de nuestra Diócesis impiden dicho traslado? ¿Qué pretenden dejando SOLOS, y en el más absoluto desamparo y abandono, SIN CULTO y SIN SEGURIDAD a nuestra imágenes? ¿Existe un interés oculto e inconfesable en esta desafortunada decisión, o forma parte de una trama de desidia y abandono hacia las imágenes de culto popular? ¿Quiénes serían los responsables ante la ley, ante el pueblo de Ceuta y ante la historia si ocurre algún desgraciado incidente?
Señor Obispo le recuerdo que usted, siempre motivado por su celo pastoral, tiene el derecho ante el hombre, y ante Dios el deber, de legislar en nuestras Iglesias, de juzgar y regular todo cuanto pertenece al culto y organización del apostolado (cf. LG 27; cc. 725-753). También le recuerdo que nuestras Hermandades, como asociaciones públicas de la Iglesia, deben regirse por los cánones que establece el vigente Código de Derecho Canónico (cc. 298-320) y están bajo su vigilancia y autoridad (c. 305). Ahora bien, usted sabe que el ejercicio de su autoridad ha de estar siempre movido por criterios evangélicos, buscando el bien, evitando siempre toda arbitrariedad en Iglesia, y nunca favoreciendo intereses contrarios al culto hacia las imágenes, permitido y potenciado desde el Concilio de Trento. Sus decisiones deben tener siempre como referencia “los sentimientos de Jesús”, que nos libra de la desidia, prepotencia e ignorancia, y nos sitúa en el espíritu de la ley de Dios, siempre al servicio del “bien de las almas”, y del bienestar de los fieles y devotos del Cristo de Medinaceli.
En este contexto, también le recuerdo Señor Obispo, que vivimos en una democracia, y por tanto cualquier persona que como usted, ocupe un cargo de responsabilidad de carácter público, está obligado social y moralmente a dar explicaciones sobre sus decisiones, y más aún en este caso, donde las imágenes que usted prohíbe su traslado, tienen una dimensión que trasvasa el ámbito religioso, pues son un bien social, cultural y un acervo histórico de nuestra ciudad, que escapa de sus competencias.
Señor Obispo, le recuerdo desde mi humildad, que las Hermandades son asociaciones de fieles que se rigen por el Derecho Canónico, que es el Derecho de la Iglesia, y por tanto todos debemos utilizar como un instrumento técnico legislativo al servicio de la justicia, que debe presidir la vida de todas las instituciones sociales, y, con mayor razón, la de la Iglesia. El código de Derecho Canónico de 1983 reafirma esta tendencia asociacionista de la Iglesia, declarando la facultad que tienen los fieles de fundar y dirigir libremente asociaciones para fines de caridad, piedad o fomentar la vocación cristiana en el mundo. Da la impresión Señor Obispo que, alguien por ignorancia, por prepotencia o por desidia, no sabe, o ha olvidado lo que marca el Derecho Canónico sobre la idiosincrasia y autonomía de las Hermandades y Cofradías. Parece que alguien desconoce quién tiene la tutela de las imágenes del Cristo de Medinaceli y la Virgen de los Dolores. También le recuerdo que sólo la Junta de Gobierno de esta Hermandad ostenta legalmente la “guardia y custodia” de sus Sagrados Titulares, y solo ellos, tienen la responsabilidad jurídica, moral e histórica sobre su conservación y seguridad, así como el deber de facilitar el culto a sus devotos, y por ende, al pueblo católico de Ceuta, auténtico soberano de su naturaleza física y uncional. El Derecho Canónico marca con claridad que, sólo en caso de extinción de la Cofradía, las imágenes de la Hermandad pasarían a ser propiedad material de la Iglesia, y sólo en ese caso, la Diócesis sería dueño legal de su destino.
Le recuerdo Señor Obispo el pasaje de Miqueas donde Dios pleitea con Israel: «Se te ha hecho saber, hombre, lo que es bueno, lo que el Señor pide de ti: simplemente que respetes el derecho, que ames la misericordia y andes humilde con tu Dios» (Miq 6, 8). Sólo desde la perspectiva del respeto, del amor y de la humildad es como estas Normas del Derecho Canónico tienen sentido cristiano, y se convierten en caminos por donde pueden marchar las Hermandades y Cofradías para cumplir sus fines fundacionales y evitar desviaciones, errores y manipulaciones, como a las que en este caso, pueden estar expuestas.
Señor Obispo, el universo cofrade de nuestra ciudad es enormemente complejo, pero hay que conocerlo en todos sus aspectos, antes de decidir sobre él. Con frecuencia los representantes de la Iglesia, y lo digo con conocimiento de causa, se creen dueños y señores de todo lo que existe en el interior del Templo, e incluso se atreven a fijar las directrices de cómo quieren ellos que se lleve una Cofradía. Las Hermandades no solo tienen una dimensión religiosa, sino también social, cultural y patrimonial. Parece ser que alguien ha olvidado que sobre este legado social, cultural y patrimonial de las cofradías mandan sus hermanos, cuya voluntad se expresan libremente en los Cabildos. La Junta de Gobierno con su Hermano Mayor al frente, tienen sus competencias y responsabilidades. Por tanto, las Hermandades son autónomas y soberanas sobre su patrimonio, es decir, sobre el destino de sus Titulares. Esta soberanía sobre sus imágenes, sólo radica en los miembros de su Junta de Gobierno, elegidos democráticamente por sus hermanos, tal y como marcan sus estatutos, aprobados por la Iglesia en su momento. En definitiva, si estamos en un estado de derechos, que sea para todo lo que hagamos, y para todas las instituciones, incluida la Iglesia. Por tanto, Señor Obispo, sólo los hermanos de la corporación, representados por su actual Junta de Gobierno, tienen derecho a decidir, libre y democráticamente, el lugar más idóneo para sus Titulares. Desde aquí exijo a los representantes de la diócesis que respeten la decisiones y la autoridad legal de la Junta de Gobierno, democráticamente constituida, que ya decidieron en su momento trasladar las Sagradas imágenes por cuestiones de culto y seguridad a su Casa de Hermandad, para que puedan ser visitadas por sus auténticos propietarios morales y espirituales, los fieles del pueblo de Ceuta. Por tanto, la Diócesis no tiene ningún tipo de derecho, ni autoridad, jurídica, moral, cultural ni histórica sobre el destino de los Sagrados Titulares de la Hermandad del Medinaceli. Todo lo demás, no deja de ser un abuso de poder, que como tal puede ser denunciado a los tribunales ordinarios de justicia.
Como ciudadano en un estado de derechos, como cofrade, y como cristiano devoto del Cristo de Medinaceli, exigió en mi nombre, y en el de todos los fieles caballas, su traslado inmediato al lugar que consideren su actual Junta de Gobierno más conveniente para su culto y seguridad. Sugiero a sus miembros una rápida solución al problema, que dada las circunstancias, sólo puede pasar por una inminente decisión unilateral, basada en una política de hechos consumados, que sin lugar a dudas será justificada y amparada por la cobertura jurídica del Derecho Canónico que les asiste, así como por el deseo y el auspicio del pueblo de Ceuta, el beneplácito de la historia y la voluntad de Dios.
Como decía D. Antonio Guerra, solo espero y deseo que nuestro Medinaceli siga siendo una imagen ceutí de gran tradición, a la que el pueblo de Ceuta pueda seguir rindiendo venerable culto, profunda fe y ferviente devoción. Todo esto está por encima de las inexplicables, injustas e inoportunas decisiones tomadas al respecto por nuestra Diócesis en un tema, que con seguridad, escapa de su competencia jurídica, social, histórica y cultural.

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