¿Qué se juzga y qué conclusiones ha adoptado ya la Sala?
Nueve acusados se han sentado en el banquillo porque se les relaciona con una presunta organización dedicada al blanqueo de capitales que, desde enero de 1998 a julio de 2000, se habrían repartido las funciones para introducir en el circuito legal de comercio ingentes cantidades de dinero de procedencia ilícita. Para ellos se pide, 14 años después de su detención, entre 8 y 9 años de prisión además de sanciones millonarias. De momento la Sala ha adoptado dos decisiones muy importantes que ayudan a orientar el probable fallo judicial que se conocerá en los próximos meses. Nada más comenzar la primera de las sesiones judiciales, a primeros de noviembre, se acordó la nulidad de las escuchas telefónicas y de los registros domiciliarios practicados. ¿Esto que significa? Que todas las pruebas obtenidas por unos medios anulados ya no valen, aplicándose la famosa teoría de que lo que nace de un origen considerado nulo está viciado. Ayer, al término del juicio, la Sala dio a conocer otra gran clave de este proceso. Tras escuchar a los procesados decidió levantar las medidas cautelares impuestas a todos ellos (la firma los días 1 y 15 de cada mes) y ordenó la inmediata devolución de las fianzas que tuvieron que depositar en su día para poder salir en libertad.
Dos planteamientos que chocan en torno a un mismo asunto
Acusación y Defensa ven el mismo caso desde dos enfoques que chocan frontalmente. El Ministerio Público defiende hasta la última línea el informe que dio pie a este procedimiento, hablando pues de que hay una organización que incurrió en un delito de blanqueo porque sin tener un negocio lícito llegó a mover ingentes cantidades de dinero, aumentando notablemente su patrimonio y facilitando el blanqueo de las divisas procedentes del narcotráfico. Las Defensas, unidas en bloque, ofrecen una visión radicalmente contraria, protestando enérgicamente por el tipo de investigación policial que se llevó a cabo y lamentando la ausencia de una instrucción adecuada que fuera controlada por el juez. Hay una clave que resume la postura de los distintos abogados: no cabe delito porque no existe ni una sola prueba que demuestre la existencia del tipo penal por el que se ha procesado a sus patrocinados. Los abogados lanzaron varias preguntas al aire sin encontrar respuesta: ¿dónde están los narcotraficantes supuestos dueños de las divisas?, ¿por qué el considerado líder de la organización tenía una mesa en un banco donde contaba el dinero y disponía de un permiso del Banco de España para el cambio que todavía obra en su poder?, ¿qué comparativa se ha usado para hablar de movimiento anormal de divisas?
El comercio atípico, el movimiento de millones o el delito
Y de trasfondo de todo lo que se ha puesto encima de la mesa un asunto: el comercio entre España y Marruecos, o lo que ha dado por denominarse comercio atípico, irregular o el negado contrabando. Fiscalía y las Defensas se han enfrentado a la hora de valorar si es lógico y normal que en los años 90/2000 hubiera tantísimo movimiento de divisas. A ojos de la ristra de directores de banco y encargados que han declarado debe ser que sí, ya que se hablaron de ingresos de 500 millones de pesetas en un día como algo rutinario. Las Defensas han insistido en que el negocio del cambio era el negocio de Ceuta y que aquella máquina podía funcionar sin que haya que recurrir a conclusiones tendentes a la delincuencia. Los distintos procesados, a los que el tribunal dio ayer la última palabra, coincidieron en negar cualquier estratagema delictiva y lamentaron que hayan tenido que soportar 14 años esperando la acción de la justicia. Coincidieron en destacar que la Operación Palmera no solo les arruinó económicamente al quedar bloqueadas sus cuentas y patrimonio, sino que hizo lo mismo con sus vidas. Una de las procesadas sufrió un aborto tras su detención y otros padecieron la desestructuración de sus respectivas unidades familiares.
Fiscalía mantiene la petición de cárcel
La representante del Ministerio Fiscal cerró ayer su informe manteniendo cada punto y cada coma que ya contenía el inicial. No ha rebajado un ápice la petición de 9 y 8 años de cárcel para los procesados a los que encuadra en una presunta organización de blanqueo. Su visión de la historia se apoya en la investigación policial, entendiendo la existencia de una red con su líder al frente y los demás enlaces debajo, en una clara jerarquía piramidal. Se cumplía la existencia de un entramado que recogía divisas a sabiendas de su origen ilícito para introducirlas en el mercado legal y cambiarlas por pesetas. En ese entramado cobran importancia escenarios como el Tarajal y el puerto en donde se recogían divisas o puestos del Mercado en donde, mantiene, se depositaban. Para la Fiscalía no hay más explicación que la delictiva para sostener el aumento del movimiento de divisas que se registró entre 1999 y 2000, que llevó a que en un año se hicieran operaciones de compra y venta de más de 30.000 millones de pesetas. Para el Ministerio Público es imposible que hubiera tantas personas cambiando para llegar a esas cifras, ya que mantener lo contrario “choca con la lógica”. Habló Fiscalía de empresas fantasma que en realidad no ejercían actividad alguna y operaban de tapadera y de existencia de relación del cabeza visible de lo que se considera trama con el narcotráfico, aunque este extremo no lo sostuvo más que con apreciaciones. Para la Fiscalía si hay un “mínimo indiciario” que permite destruir la presunción de inocencia y hablar de un origen delictivo del dinero. El Ministerio Público advirtió además de que presentará recurso contra la nulidad de las escuchas telefónicas acordada por la Sala. Por su parte la Acusación Particular que representa los derechos de la Seguridad Social se adhirió al informe de la Fiscalía, aunque reconoció lo complicado de poder demostrar qué parte de la estructura empresarial atribuida al principal imputado en la causa puede ser considerada “lícita” y cual no.
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