Categorías: Tribunales y justicia

¿A prisión por un apodo?

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ordenó ayer la puesta en libertad provisional del acusado Mohamed M. A. después de cinco largas horas de juicio con el que se trataba de dirimir su posible relación con el tráfico de hachís teniendo como agravante el uso de menores. Desde el pasado enero, el acusado se encontraba en prisión después de que fuera detenido por la Policía Nacional en el puerto, a su regreso de Algeciras, al vinculársele con el kilo y 700 gramos de hachís que una adolescente había pretendido embarcar adosándoselo a su cuerpo. Por ello se le piden 6 años de cárcel, a tenor del escrito hecho público ayer por la representante del Ministerio Fiscal. A falta de que la Sala dicte sentencia, dada la decisión adoptada de poner ya al acusado en libertad provisional, todo apunta a que el sentido de la misma será absolutoria.
La defensa de Mohamed M. A., representada por el letrado Francisco Javier Izquierdo, puso de manifiesto la inexistencia de una prueba de cargo para sustentar la condena del joven y llegó a cuestionar si era posible que alguien terminara en prisión sólo porque se le relacionara con un apodo que ni el propio imputado reconoce. “Venimos a defendernos de lo que no existe”, lamentó en su exposición. Y eso que no existe era, a juicio del letrado, la conexión entre su patrocinado y los narcóticos que le fueron intervenidos a una menor, después de que le fajaran su cuerpo de hachís en un garito del Príncipe.
El acusado embarcó el día del operativo policial en el ferry de las 15.30 horas, después de haber sido cacheado e identificado por la Policía porque les resultó sospechoso. En la siguiente rotación, los agentes de ese mismo operativo interceptaron a dos jóvenes –una de ellas menor– con droga adosada al cuerpo. Según mantuvieron los policías que actuaron, fue a raíz de ese servicio y en base a la “manifestación espontánea” de la detenida, como procedieron a localizar al acusado, al que se le había señalado con un apodo. Siguiendo esas informaciones aportadas, supieron que iba a regresar a Ceuta, y cuando lo hizo procedieron a su detención nada más desembarcar. La prueba de cargo que sostenía dicho arresto era la declaración de esta menor, ya que el acusado negó en ese momento y también lo hizo ayer, tener algo que ver con los hechos. Aseguró ante el tribunal que si marchó a Algeciras fue para trasladar tabaco de contrabando, negocio que podía reportarle alrededor de 200 euros mensuales si cruzaba la mercancía andando o incluso 300 euros al día si lo hacía, con mayor cantidad, en coche. ¿Complicarse la vida con el hachís? Lo negó cada vez que se le preguntó.
De entre el ramillete de testigos que acudieron a declarar a la Audiencia, destacó, por su cambio de versión, la de la menor, que ahora cumple condena en Punta Blanca.
Ante la Sala negó que quien le diera la droga fuera Mohamed M. A., recalcando que “las presiones de la Policía” para que le señalara le hicieron equivocarse en su día. Negó haber dado, de hecho, el nombre del acusado ni el apodo con el que, supuestamente, se le conoce, y recalcó que la Policía le dijo que tenía que colaborar. A preguntas del Ministerio Fiscal dijo que ahora estaba manifestando la verdad y que nadie le había coaccionado para que ofreciera una versión exculpatoria.
Esa presión policial argumentada por la joven fue negada tajantemente por los agentes del Cuerpo Nacional que acudieron a declarar, quienes, muy al contrario, recalcaron que la chica, visiblemente nerviosa, dio los datos que llevaron a la posterior intervención, indicando que quien le había colocado la droga había tomado el barco anterior y dando una descripción que les hizo sospechar de que esa persona fuera la que con anterioridad habían identificado por resultarle sospechoso. Si arrestaron al acusado a su regreso de Algeciras fue porque todo les cuadraba.
Familiares y amigos del detenido acudieron a la Audiencia para corroborar la versión de éste, presentándolo en distintas escenas y franjas horarias siempre en compañía de alguien, haciendo ver así que resultaba inviable que en algún momento del día del pase o del anterior hubiera ayudado a la menor a forrarla de droga para embarcar.
Para el Ministerio Fiscal, que mantuvo hasta el final la petición de condena de seis años de cárcel, dichas declaraciones no resultan creíbles, como tampoco lo es la aportada por la menor que cargaba el hachís, situando de lleno la veracidad de la historia sobre la acción de la Policía Nacional. No lo vio así la Defensa de Mohamed M. A., que puso como clave de su presentación la inexistencia de una mínima prueba de cargo que pudiera enervar la presunción de inocencia de su patrocinado.
Para avalar todos los pasos dados por su defendido antes y en el día que se llevó a cabo su arresto, presentó además una transcripción de mensajes telefónicos que, situados en el contexto, venían a mostrar que Mohamed M. A. no pudo estar ni en la Marina ofreciendo el pase de drogas a la chica ni en un garito del Príncipe, un día después, preparándola. A juicio de la Defensa la inexistencia de elementos probatorios y, por contra, el exceso de demasiadas dudas en la declaración de la menor en el momento en que fue detenida, sirven para anular su valor probatorio como para sostener la prisión y condena de su patrocinado.
La apuesta de Fiscalía por las manifestaciones de los agentes de la Policía Nacional fue desbaratada por la Defensa, quien recordó que por sí mismas no tienen presunción de veracidad y que por su “calidad” mostraban notables contradicciones.
Puso de manifiesto, por ejemplo cómo, al margen de esa detención, en ningún momento la Policía abrió una simple investigación para así confirmar si era verdadera la versión de la menor o acudir al garito donde se supone se había adosado la droga y en donde, en ese momento, había otras personas cargando bellotas. “Mi defendido lleva seis meses en prisión con este valor probatorio”, denunció, lamentando esa falta de investigación policial que hubiera servido para aclarar el caso.
Denunció además que cuando su patrocinado fue detenido en el puerto por la Policía, los agentes no le encontraron el dinero que llevaba en el registro que se le practicó, sino que fue el propio detenido el que les hizo ver que tenía dinero muy bien oculto en su cartera con el ánimo de que, de esta manera, se hiciera constar en el atestado policial para que, después, pudiera reclamarlo, ya que temía que luego nunca apareciera.
El letrado puso de manifiesto que si la Policía fue incapaz de encontrar ese dinero en ese momento sin la ayuda de su patrocinado, tampoco podían asegurar que no lo llevara en su poder cuando partió hacia Algeciras. La conclusión de que era producto de la supuesta venta de droga era falsa.
A falta de los argumentos que plasmen en su sentencia los magistrados para fundamentar su fallo, ayer, nada más terminar la sesión judicial, tuvieron claro acordar la inmediata puesta en libertad del joven. Decisión ésta que, ya en los pasillos, era recibida con alegría por los familiares.

Detalles

Hechos
En enero de 2013

Tuvo lugar primero la detención de una menor y una adulta con droga adosada antes del embarque. Eso llevó a la detención del acusado cuando regresaba de Algeciras como presunto organizador y artífice de ese pase. Sobre él pesa una petición de 6 años de cárcel mantenida hasta el día de ayer, sin modificación alguna, por el Ministerio Fiscal.
La clave
Basada en la declaración

La Policía mantuvo que se detuvo al acusado porque “de forma espontánea” fue señalado por la detenida, sin que existiera  coacción alguna. Mientras la detenida dijo que ni conocía al acusado y que nunca le había señalado como la persona que le instó a forrarse de droga tras encontrarse en La Marina y orientar su posterior pase. Recalcó que estuvo coaccionada y que la persona artífice de este delito no era el imputado en la causa.
Sin investigación
Ausencia de acción

Una de las notas que se puso en evidencia en el juicio de ayer fue la ausencia total de investigación por parte de los grupos especializados de la Policía Nacional. Algo que hubiera servido para, a posteriori, conocer por ejemplo el lugar en donde se pudo haber producido la carga de la droga y la implicación de personas, sustentando la detención en algo más que una declaración. Por parte de la Defensa se fue especialmente duro a la hora de encontrar el motivo de la detención de su cliente, ya que se basó en una declaración que además le identificaba en base a un apodo. En los atestados policiales no se reflejó además las declaraciones que había efectuado la menor detenida y no se hizo constar el apodo del detenido hasta horas después y en otro atestado. Tampoco se localizó a las amigas que habían estado el día previo al pase con la menor y que habrían sido testigos del ofrecimiento de pase presuntamente perpetrado por el detenido.
Mensajes
De whatsapp

Se presentó una transcripción de los mensajes de un amigo del acusado y la Sala encendió el móvil de éste, analizando las conversaciones que nada tenían que ver con ánimo delictivo.

El tribunal decidió, a falta de sentencia, ordenar la libertad del acusado.

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