Hacienda también da buenas noticias a los jubilados de Ceuta. La última es que devolverá hasta 4.000 euros a un grupo de afectados por un error del pasado en el cobro del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Esta devolución sigue una sentencia del Tribunal Supremo que indica que la Agencia Tributaria debe reembolsar el exceso cobrado a los pensionistas perjudicados.
Las cantidades a reclamar variarán según las aportaciones de los afectados en ese período, oscilando entre 400 y mil euros, con un máximo de 4.000 euros en los casos más extremos.
La solicitud de devolución se realiza mediante un formulario facilitado por la Agencia Tributaria, sin necesidad de adjuntar documentación, aunque esta podría ser solicitada en caso de datos poco claros.
Es responsabilidad de los pensionistas afectados gestionar activamente la solicitud para recibir el reembolso.
Para solicitar la devolución, los afectados deben realizar el reclamo de manera individual, ya que no se realizará automáticamente. Se debe obtener un informe de la vida laboral de la Seguridad Social para verificar los períodos de aportaciones a las mutualidades.
La solicitud puede iniciarse a través de la plataforma web de la Agencia Tributaria. Para ello será necesario acceder mediante una identificación digital, como el certificado digital, el DNI electrónico o el número de la casilla 505 de la última declaración de la Renta.
Si no se encuentra el dato en la vida laboral, se debe solicitar un certificado de retenciones aportadas a la mutualidad o un certificado de antigüedad de la empresa.
Una vez presentado el escrito de rectificación en Hacienda, se debe llenar un impreso solicitando la corrección de las Declaraciones de la Renta según la sentencia del Tribunal Supremo.
En el periódico El Correo especifican que tras presentar en Hacienda un escrito de rectificación, se debe completar el impreso con el texto siguiente: "Solicito la rectificación de las Declaraciones de la Renta correspondiente a los periodos 2019, 2020, 2021 y 2022, basándose en la sentencia 255/23 de 28.02.2023 del TS según la cual, la parte de la pensión correspondiente a las cotizaciones realizadas a Mutuas Laborales antes del 1/1/1979, debe ser objeto de deducción de un 25% en la base imponible del IRPF".
Los jubilados afectados son aquellos de mutualidades del comercio, la construcción o la metalurgia entre 1967 y 1978, quienes tributaron sobre el 100 por ciento de su pensión en lugar del 75 por ciento, como indicó el Tribunal Supremo. Un agravio que implica una devolución de miles de euros.
Hay dos formas de recibir el reembolso, mediante transferencia bancaria para los ejercicios fiscales entre 2019 y 2022 si la solicitud es favorable, o automáticamente en los datos fiscales de la declaración de 2023 con el concepto 'Ajuste por Mutualidades - DT2 LIRPF'.
Estas devoluciones se realizan tras la sentencia 255/2023 del Tribunal Supremo para evitar la doble imposición.
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