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Hachuel irá a juicio tras no inhabilitar a dos policías condenados por una paliza

La Audiencia estima el recurso de la familia Mizzian y dice que en la vista oral se vería si hubo “despropósito por dejadez”, “ignorancia”, voluntad deliberada o manipulación

La Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha estimado el recurso presentado contra el auto que, en abril, ordenó el sobreseimiento provisional de la causa abierta sobre el exconsejero de Gobernación, Jacob Hachuel, por un presunto delito de prevaricación administrativa al no haber expulsado de la Policía Local a dos agentes condenados por el Tribunal Supremo por un caso de lesiones con agravante de abuso de superioridad sobre un sexagenario en 2005.

Dicha resolución ha sido revocada y se ha ordenado que el caso continúe por los trámites del procedimiento abreviado respecto del antiguo miembro del Ejecutivo local, que pasará a la condición de procesado “con toda probabilidad” de terminar juzgado, ya que las fuentes consultadas por este periódico han dado por seguro que al menos la acusación particular, la familia Mizzian, formulará calificación para que así sea.

En su auto, la Audiencia apunta que será en el juicio oral “donde podrá discutirse si todo se ha debido a un despropósito continuado por dejadez, a la ignorancia en aspectos administrativos esenciales de los organismos de la Ciudad Autónoma o a la voluntad deliberada de salvaguardar a los dos policías locales y, en este último caso, si el investigado fue realmente consciente de ello o ha sido utilizado por terceros que se han valido de él como un instrumento”.

Al archivar la causa, la magistrada instructora argumentó que “para considerar cometido un delito de prevaricación es necesario que la autoridad o funcionario público, a sabiendas de su injusticia, dicte una resolución arbitraria en un asunto administrativo, requisito que no se ha probado en el presente procedimiento”.

La Audiencia valora, sin embargo, que con el sobreseimiento del expediente abierto a los agentes se adoptó “una resolución administrativa netamente errónea” y que “no es que se adoptase un acuerdo más o menos acertado en el procedimiento disciplinario incoado, sino que nunca se llegó a analizar siquiera lo que podía ser objeto de infracción, cerrando el paso, además, a cualquier posible sanción tanto por el investigado como por cualquier otro órgano”.

Igualmente remarca que Hachuel “no sólo no ofreció una explicación lógica a su actuación, sino que ni siquiera ha mantenido la misma postura todas las veces que ha declarado”, pasando de que “no tenía conocimientos jurídicos” ni había leído lo que firmaba (primera versión) a que “había tenido dudas sobre la pena de inhabilitación” (segunda) y, finalmente (tercera), a que la competencia para una inhabilitación correspondía al Área de Recursos Humanos.

Segundo reproche al “caos” en la Administración

La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ya ordenó en marzo de 2018 reabrir las diligencias contra Hachuel tras estimar parcialmente los recursos presentados por la Fiscalía y la acusación particular contra el primer archivo de la causa. Para la Audiencia “lo verdaderamente importante” es “determinar cómo algo tan relativamente sencillo como era si los agentes habían cometido o no una infracción administrativa” generó en la Ciudad “una tramitación tan caótica y la emisión de informes, propuestas de resolución y una resolución final tan alejadas de ello en una administración pública dotada de medios personales nada despreciables”

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