Me refería recientemente al deshonor de Gran Bretaña en Gibraltar, no sólo por el robo cometido por la fuerza de las armas contra un territorio que era de la plena soberanía de un Estado libre e independiente, sin que existiera otro motivo que el codicioso afán británico de dominar el Estrecho aun a sabiendas de que cometía el más flagrante acto de piratería internacional, sino también por su actuación engañosa en el mismo asunto respecto a Holanda y Marruecos al momento de cometer aquel latrocinio. Y hoy trataré de acreditar por qué el Reino Unido, todavía hoy en el siglo XXI, continúa riéndose de la ONU, como organización internacional encargada de velar por la paz y la seguridad mundial, haciendo mofa de su Consejo de Seguridad y de las demás instituciones competentes en la materia.
La situación jurídica internacional de Gibraltar es la siguiente: Territorio sometido a descolonización. En 1830, Gran Bretaña dio a Gibraltar la denominación de "Crown Colony", que actualmente se ha transformado en "Overseas Territory". En aplicación del Capítulo XI de la Carta de la ONU, el Reino Unido registró en 1946 a Gibraltar como "territorio no autónomo". Desde principio, Gibraltar fue incluido en la lista de territorios sometidos a descolonización y, por lo tanto, dentro del ámbito de actuación del Comité Especial Encargado de examinar la situación (Comité de los 24 de descolonización). Y numerosas Resoluciones y Decisiones de la Asamblea General constituyen la siguiente doctrina respecto a la descolonización de Gibraltar:
Resolución 2429 (XXIII) de 18-12-1968, de la Asamblea General, que declaró que el mantenimiento de la situación colonial de Gibraltar es contrario a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas y a los contenidos en la Resolución 1514 (XV), de 24-12-1960. Asimismo, pide a la Potencia administradora que ponga término a la situación colonial de Gibraltar antes del 1-10-1969. La descolonización de Gibraltar debe realizarse en base al principio de integridad territorial y no el de autodeterminación. El párrafo sexto de la Resolución 1514 (XV) señala que "Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas". Y la Resolución 2353 (XXII), de 19-12-1967, referente a Gibraltar, reincide en que toda situación colonial que destruya parcial o totalmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de Naciones Unidas y específicamente con el párrafo 6 de la Resolución 1514 (XV) – Tomen nota Cataluña y el País Vasco - y subraya que el referéndum celebrado el 10-09-1967 contraviene las Resoluciones de la Asamblea General e insta a la potencia colonizadora a que se ponga fin a la situación colonial.
Estamos, pues, en presencia de un claro mandato de las Naciones Unidas a Gran Bretaña para que procediera a la inmediata descolonización de Gibraltar, tras negociaciones consensuadas, debiendo informar al Comité del resultado de las negociaciones. Y la Resolución 2.070 (XX) de 16-12-1965, de la Asamblea de las Naciones Unidas, establece: “1. Invita a los Gobiernos de España y del Reino Unido de Gran Bretaña a iniciar sin demora las conversaciones previstas según los términos del Consenso aprobado el 16-10-1964 por el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales. 2. Pide a ambos Gobiernos que informen sobre el resultado de sus negociaciones al Comité Especial y a la Asamblea General en su vigésimo primer periodo de sesiones. descolonización y vuelve”.
La Resolución 2.231 (XXI) de 20-12-1966 de la Asamblea General lamenta la demora en el proceso, invita a los dos países a continuar las negociación e insta a la potencia colonizadora a que acelere sin ningún obstáculo, en consulta con España, la descolonización de Gibraltar. La Resolución 3.163 de 14-12-1973, declara su profunda preocupación por la persistencia del problema y vuelve a instar una pronta solución. Resolución 3.286 (XXIX), de 21-01-1975, que urge a ambos Gobiernos a reiniciar las negociaciones sobre la descolonización. Igualmente, en sendas y reiteradas Resoluciones del Consejo de 10-11-1981, 23-11-1982, 5-12-1984, 4-12-1987, 22-11-1988, 11-12-1989, 20-11-1990, 25-11-1992, 10-12-1993, 9-12-1994, 1995 y, prácticamente todos los años, el Consejo de las Naciones Unidas insta a las partes a una solución definitiva del problema de la descolonización de Gibraltar a la luz de los mandatos de de la Asamblea General. Es decir, el mandato de la ONU sobre Gibraltar es que esa situación debe ser resuelta inmediatamente mediante negociaciones bilaterales entre España y el Reino Unido. La Asamblea General aprueba anualmente (que se sepa hasta 2004) una Decisión por consenso en la que insta a España y al Reino Unido a proseguir las negociaciones para la solución definitiva de la cuestión de Gibraltar.
Pues bien, tras tan reiterado y contundente mandado, ¿qué ha hecho el Reino Unido?. Pues, simplemente, reírse en la propia cara de la ONU sin que este Organismo Internacional haya hecho nada coercitivamente; al igual que se ha reído de España y de otras instituciones supranacionales. Además, de haber ocupado en su día ilegalmente Gibraltar, expulsando a la auténtica población autóctona, después se apoderó ilegalmente del territorio sobre el que luego construyó el aeropuerto; autorizó a los gibraltareños a que celebraran el referéndum en 1967, les concedió la autonomía y les dio la posibilidad de pronunciarse respecto a la clase de soberanía que preferían, con lo que se les abrió la puerta a la modificación de la Constitución gibraltareña y la posibilidad de que se les reconozca el derecho de autodeterminación, que no pueden ejercer por la cláusula 8ª del Tratado de Utrecht, que prevé el derecho de retrocesión que España tiene, en el caso de que Gran Bretaña deje de ejercer soberanía sobre el Peñón.
El Reino Unido, viola constantemente con sus aviones el espacio aéreo y las aguas españoles, gana ilegalmente terreno al mar español, permite la práctica continua de actividades hostiles y peligrosas contra España como la arribada al puerto gibraltareño de submarinos nucleares británicos y de otros países, como los llamados: HMS Tireless, Torbay, HMS Superb, USS Anápolis, USS Florida, USS Dallas, USS Hartord, USS Alexandra, etc, desde Gibraltar se promueve el contrabando y blanqueo de dinero, se pone en peligro toda la zona medioambiental marítima, con accidentes graves como los de los buques New Flame, Torm Gertrud y Samothraki; permite buques varados permanentemente en las bahías de Algeciras y Gibraltar convirtiendo las aguas españolas en una gasolinera flotante extranjera que cualquier día va a explotar, la Royal Navy ha realizado prácticas de tiro teniendo como blanco la bandera española, y lanchas gibraltareñas hostigan constantemente a barcos pesqueros españoles en la zona. Tal situación es impropia de países civilizados que pertenecen a la Unión Europea; cuya tolerancia por parte de la misma Europa y de la ONU, es una auténtica vergüenza que a todos nos sonroja.
¿Cuándo se va a poner fin de una vez a tan injusta y peligrosa situación?.