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El futuro de las VPO de Serrano Orive, pendiente de Gobierno y oposición

La Consejería de Fomento espera alcanzar un pacto político sobre su posible venta a los adjudicatarios

Casi tres años después del vencimiento de los contratos originales de arrendamiento de un lustro de duración que firmaron los adjudicatarios en 2010, el futuro de la promoción de 45 viviendas de protección oficial (VPO) de Serrano Orive sigue a expensas de que el Gobierno de la Ciudad y los grupos de la oposición formalicen un acuerdo definitivo al respecto, según fuentes del Ejecutivo local.

“Se está trabajando con la oposición para llegar a la mejor solución posible tanto para la Administración como para los inquilinos y la intención es llegar a un acuerdo entre todos y plasmarlo en el próximo Consejo de Administración de Emvicesa”, han apuntado desde la Consejería de Fomento a pesar de que partidos como el PSOE siempre han defendido que esas viviendas deberían seguir siendo un recurso para facilitar la emancipación juvenil en lugar de que la Ciudad se desprenda de ellas.

El Ejecutivo de Vivas intentó por última vez hace un año meterle mano al asunto con la idea de promover una modificación del Acuerdo Plenario adoptado el 21 de febrero de 2005 y dejar sin efecto el requisito establecido de destinar las casas obligatoriamente a “jóvenes menores de 35 años”. De esta forma se buscaba “no limitar el acceso de los actuales arrendatarios a la compraventa” siempre que cumpliesen los requisitos previstos en la Resolución del 10 de octubre de 2013 de cambio de régimen de cesión”.

Ese año, la Viceconsejería de Vivienda y Rehabilitación acordó cambiar la calificación de esa promoción de régimen de alquiler a compraventa. En 2014, Emvicesa inició actuaciones para la enajenación (finalmente no consumada) de las viviendas, procediendo a la división horizontal de las fincas y comunicando a los arrendatarios el cambio de régimen de ‘sus’ casas, así como la “voluntad” de la empresa pública de no renovar los contratos una vez cumplido el plazo de cinco años de duración rubricado inicialmente.

Entre los requisitos estipulados para la enajenación de las viviendas se encontraba que sus posibles compradores pudieran “acreditar unos ingresos inferiores a 5,5 veces el IPREM [537,84 euros/mes este año]” y “no ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra casa sujeta a protección pública ni sobre una vivienda libre en Ceuta”.

Entre 50.000 y 72.000 euros de precio de venta

Hace tres años, cuando apostó por la enajenación de la promoción, Emvicesa estableció que los precios máximos para la venta de las casas deberían ser “el resultado de multiplicar la superficie útil de la vivienda por el módulo básico estatal [758 euros] por 1,56 y por 1,10”. Es decir, los precios que no podrían superarse en la enajenación irían desde unos 50.000 euros (solamente hay cuatro casas de tipo A y 58,6 metros cuadrados de superficie útil) hasta 72.159 euros (las cinco viviendas de tipo H y 40,20 metros cuadrados). La inmensa mayoría se encontraban en un arco de precios máximos que no superaba los 52.700 euros.

Cuatro casas en Millán Astray y una del Hacho, a la expectativa

El Consejo de Administración de Emvicesa trató en su última reunión sin adoptar ningún acuerdo definitivo tampoco la enajenación de cuatro viviendas de protección oficial (VPO) situadas en la calle Millán Astray y otra de la promoción de 86 del Monte Hacho de las que es propietaria la sociedad municipal y que se encuentran “desocupadas”.

Originalmente la idea de la empresa pública era lanzar un proceso de sorteo que incluyese tanto estas cinco viviendas como las que ya se han liberado de Serrano Orive por distintos incumplimientos de sus adjudicatarios originales.

Las cinco VPO se sortearían entre familias con cuatro o más miembros

El planteamiento de Emvicesa pasaba por exigir a los aspirantes a hacerse con las de Millán Astray y el Hacho llevar un mínimo de tres meses en el Registro de Demandantes y acreditar un empadronamiento mínimo en la ciudad de cuatro años, así como ser miembros de unidades familiares con cuatro o más miembros, ya que todas disponen de tres o más dormitorios.

Entre las cláusulas de exclusión se pensaba incluir el haber sido titular o adjudicatario de una vivienda de protección pública y haberla enajenado o renunciado a ella o haber vendido en el plazo de un año anterior una casa libre, así como haber sido desahuciado o expropiado “por incumplimiento de la función social de la propiedad de una VPO”.

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