El magistrado titular de la plaza número 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta ha acordado el sobreseimiento de una causa seguida por presunto delito contra la salud pública. La acusada es una mujer de Sevilla.
La decisión judicial se produce después de que la letrada de la Defensa solicitara, antes del inicio de la vista, el archivo del procedimiento.
La petición se fundamentaba en la imposibilidad de analizar la droga incautada en un intento de pase con un coche a Algeciras, nada menos que 83 kilos de hachís, que fueron localizados por la Guardia Civil.
Según expuso la defensa, durante la fase de instrucción se había solicitado expresamente que la sustancia no fuera destruida. Sin embargo, tras recabar información de Sanidad, se confirmó que la droga ya no estaba, siguiendo lo establecido en un auto previo del juzgado instructor. Esto ha motivado la decisión final del juez.
Por su parte, la Fiscalía mostró su oposición al sobreseimiento, defendiendo que, aunque existiera la petición de la defensa, la legislación contempla la destrucción de la droga, del hachís, siempre que se conserve una muestra representativa para su análisis.
El Ministerio Público argumentó que la decisión de destruir la sustancia fue adoptada por la autoridad judicial competente y que, en todo caso, la defensa podría haber presentado un recurso en su momento para evitar dicha actuación con el hachís.
Asimismo, subrayó que la oposición de una de las partes no obliga al juez a adoptar una determinada medida, recordando que la ley prevé la conservación de muestras suficientes para garantizar la práctica de pruebas periciales, incluso con posibilidad de una contra pericial.
En su resolución oral, el magistrado hizo referencia a los 126 bloques de hachís que alcanzaban un peso total de 83 kilos, destacando la relevancia de la prueba desaparecida para el procedimiento.
El juez consideró que, al haberse producido la destrucción de la sustancia pese a la oposición de la defensa, no existen garantías suficientes para enjuiciar a la acusada con todas las garantías procesales.
Por ello, concluyó que, una vez conocido el informe que confirma la destrucción del hachís, no le quedaba otra opción que decretar el sobreseimiento de la causa.
La resolución se dictará en un plazo de dos días, mientras que la Fiscalía ya ha anunciado su intención de recurrir la decisión ante la instancia superior.
El decomiso del hachís se produjo este pasado 1 de febrero en el puerto, en una operación de la Guardia Civil.
Ese día fueron intervenidos dos vehículos con 136 kilos de esta droga.
La intervención fue llevada a cabo a las 15:15 horas. En esta ocasión, la acusada llevaba el hachís escondido en un doble fondo en el maletero.
Intervinieron componentes de la 1a Compañía Fiscal y guías del Servicio Cinológico de la Comandancia de la Guardia Civil de Ceuta.
Ese día hubo dos detenidos, un hombre residente en Ceuta y esta mujer de Sevilla, que se enfrentaron a prisión preventiva, mientras que la droga fue trasladada al área de Sanidad para su análisis ya que de estos informes debía depender la multa que solicite para ellos la Fiscalía.
Los dos vehículos usados para estos pases frustrados quedaron intervenidos por ser medios empleados para cometer el delito. De estas dos actuaciones informó la Guardia Civil.
La resolución de este caso ha causado enorme sorpresa ya que no se ha podido dictar una sentencia condenatoria por esta advertencia cursada por la defensa que ha terminado prosperando con un sobreseimiento del caso.
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