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Fase 2: bodas con hasta 100 personas, visitas a residencias y límite de 25 asistentes a entierros

El Gobierno de España permitirá en la fase 2 de la desescalada, que previsiblemente comenzará en Ceuta el próximo 25 de mayo, permitirá las visitas a mayores en residencias siempre que los centros donde vivan estén libres de COVID-19; la celebración de bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre; y un límite de 25 asistentes a velatorios y entierros que también suavizan las restricciones. Así consta en la orden de Sanidad para la flexibilización de determinadas restricciones en aplicación de la fase 2 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

Puede consultar el BOE íntegro aquí.

Bodas con aforo máximo de 100 personas al aire libre

El Gobierno permitirá en los territorios que estén en la Fase 2 celebrar bodas con un aforo máximo de cien personas en espacios al aire libre o de cincuenta personas en espacios cerrados y se podrán llevar a cabo en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas. Respecto a las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia nupcial y que impliquen algún tipo de servicio de hostelería y restauración, se deberá seguir las normas de seguridad relativas a estos establecimientos. Por otra parte, la orden en el BOE recuerda que lo previsto en este artículo sobre ceremonias nupciales será de aplicación a otras celebraciones religiosas de carácter social.

Residencias de mayores y personas con discapacidad

Las visitas a mayores y personas con discapacidad en centros residenciales o viviendas tuteladas quedan limitadas a los centros en los que no haya casos confirmados de COVID-19, o en los que no haya ningún residente en período de cuarentena por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de coronavirus. No obstante, en el caso de las personas mayores, el documento precisa que estas visitas se realizarán preferentemente en supuestos excepcionales, tales como el final de la vida o el alivio de descompensación neurocognitiva del residente. Para llevar a cabo una visita, se deberá concertar previamente con la vivienda tutelada o el centro residencial y se limitarán a una persona por residente. Durante la visita, será obligatorio el uso de equipos de protección adecuados al nivel de riesgo tanto por parte del visitante como por parte del residente y el centro residencial deberá contar con procedimientos específicos para regular la entrada y salida de las visitas con el fin de evitar aglomeraciones con los trabajadores y resto de residentes. Durante la visita, se deberán observar las medidas de higiene y prevención establecidas por las autoridades sanitarias, y en particular el mantenimiento de la distancia de seguridad de dos metros y la higiene de manos, así como aquellas otras medidas que por motivos de salud pública establezcan las comunidades autónomas y ciudades autónomas.

Velatorios y entierros con límite de 25 asistentes

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo, en cada momento, de 25 personas en espacios al aire libre o quince personas en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 25 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto. En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.    

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