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Estas son las 142 familias con hijos con TEA que recibirán las ayudas de la Ciudad

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales publica en el BOCCE la resolución definitiva de las ayudas económicas destinadas a terapias para menores con Trastorno del Espectro Autista

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado este viernes, 26 de diciembre, el decreto por el que se aprueba la resolución definitiva de beneficiarios de las ayudas económicas, de carácter universal, destinadas a familias con hijos e hijas menores de edad que presentan Trastorno del Espectro Autista (TEA).

El documento recoge la relación de solicitudes admitidas y excluidas tras el proceso de valoración.

Estas ayudas tienen como finalidad sufragar el coste de terapias especializadas para el autismo correspondientes al año de la convocatoria 2025.

Consulte aquí el listado solicitudes aceptadas

La resolución, firmada el pasado 22 de diciembre por la consejera Nabila Benzina, ha sido publicada en el BOCCE de este viernes, poniendo fin al procedimiento administrativo iniciado tras la aprobación de las bases reguladoras.

El procedimiento se inició tras el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el 28 de octubre de 2025, en la que se aprobaron las bases y la convocatoria de ayudas económicas para familias con menores con TEA, destinadas a terapias.

Dichas bases fueron publicadas en el BOCCE con fecha 11 de noviembre de 2025, estableciéndose que el plazo para la presentación de solicitudes comenzaría al día siguiente, el 12 de noviembre, conforme a lo recogido expresamente en el texto de la convocatoria.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procedió a la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, abriéndose el correspondiente plazo de alegaciones.

Tras el estudio de las alegaciones presentadas y una vez resueltas las mismas, el órgano instructor formuló la propuesta de resolución definitiva, que fue elevada a la titular de la Consejería de Sanidad, quien resolvió la convocatoria en función de la disponibilidad presupuestaria existente, siendo esta resolución la única que genera derecho a favor de los beneficiarios frente a la Administración.

Resolución definitiva y número de beneficiarios

La resolución definitiva reconoce un total de 142 solicitudes aceptadas, que figuran detalladas en el Anexo I del decreto. Las ayudas concedidas ascienden a 200 euros por cada menor beneficiario, alcanzando los 400 euros en aquellos casos en los que una misma unidad familiar cuenta con dos hijos o hijas menores diagnosticados con TEA.

Solicitudes excluidas y causas de exclusión

Asimismo, la resolución recoge de forma expresa las solicitudes excluidas, detallando las causas concretas de exclusión, que se corresponden con la falta de presentación de documentación obligatoria. Entre los motivos figuran la ausencia de facturas justificativas, informes médicos o el certificado de titularidad de la cuenta bancaria, documentación imprescindible para la correcta tramitación de las ayudas.

De acuerdo con las bases, las ayudas concedidas deberán destinarse exclusivamente al pago de terapias dirigidas a atender las necesidades específicas de los menores con TEA. Para su correcta justificación, será necesario presentar factura de terapias por un importe igual o superior a la cuantía concedida.

En aquellos casos en los que la solicitud ya fue acompañada de la factura correspondiente, no será necesario volver a presentarla. Sin embargo, las familias que aportaron un certificado de estar a la espera de recibir terapia deberán presentar la factura justificativa en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026, a través del Registro General de la Ciudad Autónoma de Ceuta, indicando el número de expediente correspondiente.

Incumplimientos y reintegro de las ayudas

La resolución advierte de que el incumplimiento de la obligación de justificar la ayuda, así como la ocultación de datos que hubieran podido dar lugar a la concesión indebida, supondrá la exigencia del reintegro total de la cantidad percibida, además de la aplicación del correspondiente procedimiento sancionador y la denegación de estas ayudas en convocatorias posteriores.

La notificación de la resolución definitiva se efectúa mediante su publicación en el BOCCE, poniendo fin a la vía administrativa. No obstante, los interesados podrán interponer Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de un mes, o bien Recurso Contencioso-Administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Ceuta en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la notificación.

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