Una familia pide justicia: que quien abusó de su hija entre en prisión

La Audiencia primero y el TSJA después fijaron una condena de 5 años de cárcel para el abuelastro autor de los hechos | Debía haber ingresado entre rejas en abril, aún no lo ha hecho

Encontrarán la tranquilidad perdida cuando entre en prisión. Es lo que pide una familia de Ceuta después de haber sufrido un duro episodio de abusos sexuales. Su hija fue la víctima. El autor de esos abusos, su abuelastro, condenado tanto por la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, como por el TSJA.

Sigue en libertad, a pesar de que se le requirió para un ingreso voluntario en prisión.

Se le impusieron 5 años de cárcel por abusos sexuales a su nieta, menor de 16 años, además de dictarse una prohibición de acercarse a la víctima a menos de 100 metros durante 15 años y una medida de libertad vigilada durante cinco.

El recorrido judicial del caso

La sentencia de la Audiencia fue dictada en julio de 2022. Se recurrió ante el TSJA, que confirmó el fallo en octubre de 2023, manteniendo la misma pena.

Posteriormente se recurrió en casación al Tribunal Supremo, que inadmitió a trámite ese recurso, resolución que se dictó en junio de 2024.

En septiembre de ese año se decretó la firmeza de la sentencia, incoándose la ejecutoria en noviembre.

Escritos presentados para que entre en prisión

La abogada que llevó este caso, Isabel Valriberas, ha presentado ya varios escritos para que se requiera el ingreso en prisión del condenado, atendiendo a la sensibilidad de una familia que solo exige que se cumpla con lo que dictó la justicia.

El 1 de abril de este año, la Audiencia notificaba una providencia en la que se daba cuenta de la denegación de la posibilidad de suspensión de la condena, requiriéndose al penado que ingresara voluntariamente en la cárcel en el plazo de 10 días.

No lo hizo. El día 25 se daba cuenta en otra diligencia recalcando precisamente eso, que no se había producido ese ingreso voluntario tras haberse verificado que no constaba ingreso ni en la prisión de Ceuta ni en ninguna otra del país.

Cumpliéndose ese plazo, la Acusación Particular que defiende los intereses de la familia solicitó este pasado 1 de mayo que, al no haberse producido la entrada voluntaria en la cárcel, se ordenara su detención en ingreso en prisión.

Dirigió el escrito a la Sala para que resuelva esa situación personal del condenado y ordene de esa manera la entrada en la cárcel.

Petición de justicia

La familia de la víctima quiere que se haga justicia, teniendo en cuenta además que los distintos órganos judiciales, tanto Audiencia como TSJA, acordaron que no se concedía ningún beneficio de suspensión condicional de la pena privativa de libertad.

Se consideraron probados los abusos sufridos por quien era menor. La primera condena data de 2022, tres años después de todo ello sigue sin hacerse justicia para una familia que ha visto cómo todo el procedimiento judicial ha sido clarificador en cuenta a la existencia de un delito, pero no se cumple lo que los propios tribunales han ordenado.

La familia de la víctima tiene que sufrir esa doble condena de ver cómo no se ejecuta lo que dos instancias confirmaron negro sobre blanco, más aún tratándose de un delito como este que generó y sigue generando cuantioso dolor entre los afectados.

Condena

En la condena dictada se valoró la declaración de la víctima, quien rompió el silencio mantenido hasta contarle a sus padres lo que le estaba ocurriendo después de considerar que no era normal lo que pasaba y haber leído las noticias sobre abusos sexuales a menores en un colegio de la ciudad.

Una declaración que se consideró como apta para destruir el principio de presunción de inocencia, marcada en algunos momentos por el rechazo de la víctima a tener que rememorar los episodios vividos, pero sin que esto suponga una merma a la valía de su testimonio.

“La actitud que mostró, contraria y reacia a que se denunciaran los hechos, que los narra a sus padres como algo confidencial, se nos presenta como una actitud que se halla en las antípodas de quien, por motivos espurios, pretende obtener la condena de un inocente a través de un falso testimonio”, consideró la Sala y ratificó el TSJA.

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