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Una familia ceutí salva su vivienda de un fondo buitre

Hipotecaron el alojamiento en los años del 'boom' inmobiliario sin haber obtenido más detalles del importe mensual o los plazos de pago por parte de la entidad bancaria. Ahora, el bufete de abogados que le asesoró cuenta su historia y advierte del peligro de estas situaciones

Una familia de Ceuta hipotecó su vivienda en los años del 'boom' inmobiliario, como hicieron muchos otros clientes que aprovecharon el impulso de un sector en auge. Lo hicieron sin haber obtenido más detalles del importe de la mensualidad y el plazo de la hipoteca por parte de la entidad bancaria con la que pactaron el trato. A la situación económica sufrida por tantas familias provocada por la actual pandemia, se sumó una demanda de ejecución hipotecaria.

Los afectados se pusieron en contacto con 'Alonso Hiecke Abogados', que ahora relata su historia y la de quienes se opusieron a la demanda "por contener numerosas cláusulas abusivas, desde el tipo de interés de demora al 20%, pasando por cláusula suelo", explicaron.

Finalmente, indican que el Juzgado desestimó la demanda del banco, cuya deuda vendió a un fondo buitre, ordenando archivar el procedimiento, por lo que esta familia ha podido salvar su casa. La Sentencia es firme.

"El procedimiento de ejecución hipotecaria es un privilegio de la banca por el cual simplifica enormemente el cobro de una deuda hipotecaria impagada. Hasta hace unos años, era un privilegio absoluto de la banca, que impedía a los consumidores, en la práctica, defenderse de modo alguno. El Tribunal de Justicia de la UE dictó sentencia por la cual podía un particular consumidor oponerse a una demanda de ejecución hipotecaria por contener cláusulas abusivas, lo cual, hasta ese momento, estaba totalmente prohibido por la legislación española", señalaron desde el bufete de abogados.

Añadieron que "el TJUE vino a reparar un grave desequilibrio que existía en nuestra legislación, y como decimos, concedía privilegios a los bancos, sin contraprestación en derechos a favor de los consumidores".

"Nuestro ordenamiento jurídico, especialmente desde las numerosas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, protege especialmente a los consumidores frente a las cláusulas abusivas, frente a los abusos bancarios, permitiéndonos defendernos tanto presentando demanda de nulidad de cláusulas abusivas, como oponiéndonos a las demandas presentadas por los bancos, incluso en caso de impago de las cuotas, en este último caso, bajo ciertos requisitos, como puede ser el hecho de que contenga cláusula suelo", concluyeron.

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