Opinión

La falta de transparencia y el despilfarro

Hablábamos en un pasado artículo de la imposibilidad de que el garante del derecho ciudadano a un buen gobierno recayera precisamente en el organismo público que ostenta el poder. El nexo de unión y la confianza entre el poder público y la ciudadanía, en cuanto a la calidad democrática, se encuentra roto. La ausencia de un código ético de referencia, la falta de austeridad, de control en el gasto, de honestidad, de información y responsabilidad, resulta evidente y por ello, los ciudadanos estamos convencidos que el fraude, la falta de control del sistema y la falta de trasparencia, son problemas que frenan y entorpecen el desarrollo social y económico de nuestra ciudad.

La necesidad de perseguir la falta de trasparencia y acabar con ella ha fracasado mientras la facultad de investigar posibles fraudes ha recaído en la propia Administración, precisamente por tratarse de aquella a la que hay que fiscalizar. Los mecanismos que hemos de articular han de pasar forzosamente por establecer elementos de control ajenos a quienes han de ser controlados, evitando un conflicto de intereses imposibles de salvar si existe una dependencia orgánica.

La creación de organismos para la lucha contra el fraude en España es importante. Sin embargo, el resultado obtenido no es satisfactorio, pues se terminan convirtiendo en un escaparate muy adecuado para impartir ponencias sesudas con charlas bien remuneradas y con puestos muy apetecibles en lo económico para cualquier político.

La necesidad de perseguir la falta de trasparencia y acabar con ella ha fracasado mientras la facultad de investigar posibles fraudes ha recaído en la propia Administración

Todo se encuentra dispuesto de tal forma que la carga de la prueba recae únicamente en el denunciante. Solo se investiga aquello que ya está probado y para eso no necesitamos oficina alguna, con el juzgado nos sobra. Imagínense Vds que un ciudadano ve anunciado en el periódico a bombo y platillo, que la consejería de Hacienda de la ciudad, entrega a una Sociedad limitada unipersonal un cuarto de millón de euros para hacer un aparcamiento que va a facilitar a los vecinos de una determinada barriada el estacionamiento de sus vehículos, en un lugar donde se pretende construir viviendas en régimen de cooperativa y que este terreno no es de la ciudad, sino de otra Sociedad Privada Municipal. Pasado el tiempo, ni dinero, ni aparcamientos, ni viviendas. Si es una funcionaria quién dicta esta resolución arbitraria sin soporte jurídico, a sabiendas que la ciudad no puede actuar directamente sobre ese terreno, nos encontramos ante la definición perfecta de un delito especial. Si es el ciudadano que lee la noticia en el periódico quién ha de denunciar, queda meridianamente claro que los medios existentes en la ciudad para controlar el despilfarro y la pésima gestión del dinero son insuficientes, pero lo peor de todo, es que quién lo padece se siente impotente ante el uso y abuso constante e impune de la administración que lo derrocha sin acometer la solución de los verdaderos problemas de los ciudadanos.

Como este “supuesto” podríamos pensar en otros muchos. Supongamos que la ciudad decide cambiar los semáforos en lugar de pintarlos. Supongamos que un ciudadano meticuloso quiere saber quién de esta administración ha firmado el informe de necesidad que da origen al expediente de adquisición y el técnico que sustituye viseras, indicadores de tiempo y avisadores por una línea de color en el suelo justificando un gasto de un millón de euros, también conocer la empresa que los proporciona y cualquier otro dato del expediente, como por ejemplo conocer el motivo por el que no se han repuesto los avisadores acústicos, viseras parasol e indicadores de tiempo para invidentes y minusválidos, al menos los ya existentes.

Es preciso normalizar la forma en la que la información completa de esos expedientes pueda ser requerida por los ciudadanos, porque la administración luchará contra cualquier iniciativa de control que le pueda afectar, argumentando que ella misma articula los mecanismos necesarios de vigilancia para conseguir la transparencia que el ciudadano exige, o que afecta a las propias funciones administrativas de vigilancia, inspección y control. Algo totalmente falso porque ni siquiera el Tribunal de Cuentas entra a estudiar el cómo, cuando, cuanto, donde y de qué forma se gasta el dinero, no entra en la gestión sino exclusivamente si se ha empleado en lo que se dice, comprar semáforos.

Lo mismo ocurre con el Portal de Transparencia. El Portal no contiene información de Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Sociedades Estatales, Fundaciones y órganos Constitucionales. Estas entidades publicarán lo que crean oportuno en sus respectivos portales web y sedes electrónicas, siendo nuevamente el ciudadano el que debe soportar la carga de la prueba denunciando ante el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, organismo que firmó un convenio con la Ciudad para la resolución de las reclamaciones, pero como siempre, la competencia es de Ceuta, siendo el Consejo el encargado de resolver las reclamaciones. Nuevamente el ciudadano como individuo contra el Sistema.

Esta administración ¿entregaría a un ciudadano la documentación requerida para poner una reclamación o queja? El día 19 de junio a las 9:34:01 se entregó en registro de la Ciudad, la solicitud número 41506 para tener acceso a ambos expedientes, aún se espera noticias, ¿contestará la Ciudad? Al menos antes de la publicación de este artículo no lo ha hecho.

Hasta ahora, la existencia de un organismo independiente que actúe de oficio ha sido una utopía, como también lo sería la implicación de todos los partidos del ámbito político ceutí, o al menos los que NO gobiernan, en prestar el apoyo necesario durante la próxima legislatura para la creación de una oficina independiente de la Administración, “que tenga por objetivo prevenir e investigar de oficio los posibles casos de uso o destino fraudulentos de fondos públicos o cualquier aprovechamiento ilícito, derivado de conductas que comporten conflicto de intereses”.

Esta oficina deberá ser capaz de impulsar iniciativas para concienciar la participación ciudadana y tener atribuidas las potestades y competencias necesarias para requerir la información que considere oportuna cuando investigue una presunta irregularidad y también instar procesos judiciales. Su composición, para que pueda actuar con total independencia de aquellos a los que ha de fiscalizar, debería ser de personas ajenas a la Administración, sin filiación sindical ni política, cuya permanencia sea por tiempo limitado e incompatible con cualquier actividad que pudiera entrar en conflicto con los cometidos que debe desempeñar. No hablamos de algo nuevo, ya se está legislando en otros lugares de España al respecto, y aparecen porque a pesar de que todos los partidos con representación en la Asamblea podrían requerir estos expedientes, la realidad palpable es que no lo hacen. No basta quejarse en prensa del gasto desorbitado que se ha realizado es necesario que cumplan con el compromiso adquirido con los ciudadanos que les han votado e incluso de los que NO lo han hecho.

Supongamos que la ciudad decide cambiar los semáforos en lugar de pintarlos. Supongamos que un ciudadano meticuloso quiere saber quién de esta administración ha firmado el informe de necesidad

Debemos tener en cuenta por lo que respecta a la Ciudad Autónoma de Ceuta, que carecemos de competencia legislativa como la tienen el resto de CCAA, si bien contamos con Estatuto de Autonomía aprobado  por la Ley Orgánica 1/1995 de 13 de marzo, que nos permite adoptar disposiciones de organización y autogobierno, algo que abre la puerta a la posibilidad de articular la forma de conseguir temporalmente una administración transparente mientras se logra en las Cortes la aprobación de una Ley que desarrolle la creación de una oficina de prevención y lucha contra la corrupción en nuestra ciudad. La posible vía temporal, y ya no tan utópica, podría ser a través de UNA PLATAFORMA CIUDADANA, que se define como el “Proceso colectivo en el cual un grupo de ciudadanos expresa un conjunto de reivindicaciones, exigencias, solicitudes y/o necesidades para que le sean atendidas” y que a pesar de no tener una base legal para requerir documentación al gobierno de la ciudad, sí que tendría un mayor peso para acceder a un conocimiento amplio de las actividades que consideren oportunas, en aplicación de la Constitución española, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y la Ley a19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. Seguramente sería un verdadero dolor de cabeza para quienes no obran con la diligencia y transparencia debida. Podrían empezar copiando a la Ciudad Autónoma de Melilla.

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