Categorías: Tribunales y justicia

Expulsado de España durante una década por intentar robar a un hombre

El condenado es un joven marroquí que se enfrentaba a una alta petición de prisión por parte del Ministerio Fiscal.

La magistrada del juzgado de lo Penal número uno dictó ayer sentencia firme condenatoria contra un joven marroquí acusado de cometer un delito de robo con violencia en grado de tentativa, recogido en los artículos 237, 242.1, 16 y 62 del Código Penal. La pena que inicialmente se le impuso fue de un año y seis meses de prisión, aunque se le sustituyó por la expulsión del territorio nacional por un periodo de diez años en total, tal y como establece el artículo 89 del Código Penal: “Las penas privativas de libertad inferiores a seis años impuestas a un extranjero no residente legalmente en España serán sustituidas en la sentencia por su expulsión del territorio español”. El acusado prestó su conformidad con la condena que le ofrecían, reconociendo además la comisión del delito.
Los hechos que le llevaron al banquillo de los acusados tuvieron lugar el día 18 de agosto de este año, sobre las 6.30 horas, en la playa del Chorrillo. La víctima se encontraba nadando cuando observó como le robaban sus pertenencias. Salió del agua y persiguió al joven marroquí, que lanzó los objetos robados a la orilla durante su huida. Finalmente, según el escrito de acusación, el marroquí se escondió en un hueco, aunque la víctima consiguió encontrarlo. Entonces forcejearon y el chico condenado pudo llegar a sacar una navaja para amenazar al hombre y decirle que le dejara, aunque la utilización del arma blanca fue eliminado del relato de hechos al no poder ser corroborado por la investigación.
La jueza advirtió al joven sobre las consecuencias que tendría la violación de la condena que se le estaba poniendo, que consistía en el cumplimiento de la pena de un año y medio de prisión si fuera encontrado en territorio español o la devolución a su país de origen si fuese detenido en la frontera.
Todas las partes se mostraron conformes con la decisión adoptada por la magistrada, por lo que manifestaron su intención de no recurrir. Una acción que permitió a la jueza decretar la firmeza de la sentencia.

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