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Expedientados 18 universitarios por recibir la beca del MEFP y no renunciar a la de la Ciudad

Tal y como indicaban las bases de la ayuda del Gobierno local, no se podía compatibilizar con ninguna otra ayuda

La Consejería de Educación y Cultura ha abierto un procedimiento sancionador contra 18 estudiantes universitarios en Ceuta por duplicidad en el abono de ayudas para estudios universitarios. Todos ellos solicitaron la ayuda universitaria de la Ciudad y a su vez la del Ministerio de Educación, algo incompatible según las bases de la convocatoria del Gobierno local.

Se trata de la convocatoria de ayudas para estudios universitarios y otros durante el curso 2019/20. Con ello, se ha detectado que aquellos estudiantes que tenían adjudicada estas ayudas "incurren en un proceso de duplicidad al haber solicitado también las ayudas convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP), al ser ambas incompatibles".

Entre los requisitos de estas ayudas de la Ciudad se recogía que no se podía disfrutar de ninguna otra beca o ayuda para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado nacional o internacional. Además, era obligatorio comunicar a la Consejería la la obtención de cualquier otra beca.

Por ello, y tal y como estaban en las bases, es causa de pérdida de esta ayuda el disfrutar simultáneamente de otra beca, por lo que una vez que el Ministerio de Educación facilitó, a través de la plataforma 'Cliente Ligero SCSP' (sustitución de certificados en soporte papel), información sobre los alumnos universitarios beneficiarios de sus ayudas se contrastó las duplicidades, así como que recibieron ayudas del MEFP, ingresadas ya en las cuentas bancarias de los beneficiarios.

En una publicación en el BOCCE se recogen los datos de estos 18 estudiantes que deberán volver esta ayuda, con la cantidad que se otorgó a cada uno de ellos, y se considera "falta grave" por "incumplimiento de la obligación de comunicar al órgano concedente la obtención de subvenciones, ayudas públicas, ingresos o recursos para la misma finalidad".

Los expedientados tienen un plazo de  diez días para presentar las alegaciones que estimen convenientes, o bien, para que procedan al reintegro de las cantidades indebidamente percibidas mediante transferencia bancaria, debiendo aportar a la Consejería de Educación y Cultura el justificante de dicho reintegro. Ambos trámites, tanto presentación de alegaciones como de justificante de reintegro, se realizarán a

través de la Sede Electrónica.

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