El Juzgado de lo Social de Ceuta ha estimado la demanda que por conflicto colectivo había interpuesto UGT contra la empresa Sansa Seguridad, quienes desde enero de 2010 procedió a prorratear mensualmente a sus trabajadores las pagas extras. Contra dicha decisión empresarial, el Juzgado de los Social declara que “la decisión de ésta es constitutiva de una infracción del artículo 71.3 del vigente convenio colectivo para las empresas de seguridad y por tanto debe de proceder la empresa a dejar sin efecto dicho prorrateo y abonar las extras y de beneficio en los meses establecidos.
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