La magistrada titular de la plaza número 1 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta ha señalado día y hora para la celebración de un juicio sobre estafa, después de que no se alcanzara acuerdo alguno durante la audiencia preliminar entre las partes implicadas en el procedimiento.
Los hechos se remontan a finales de enero de 2025, cuando una persona no identificada ofertaba un supuesto préstamo a través de la red social Facebook.
El perjudicado, vecino de Ceuta, contactó con el anunciante mediante WhatsApp a través del número facilitado en el anuncio.
Tras entablar una negociación, el denunciante realizó hasta siete transferencias bancarias entre los días 30 de enero y 1 de febrero de 2025, por un importe total de 1.755 euros, en concepto de supuesto depósito previo para la concesión del préstamo.
El dinero fue ingresado en una cuenta bancaria cuyo titular es el ahora acusado, quien, según el relato de los hechos, habría actuado con ánimo de obtener un beneficio ilícito, poniendo su cuenta a disposición del autor del engaño.
Sin embargo, el perjudicado nunca llegó a recibir cantidad alguna en concepto de préstamo, por lo que interpuso la correspondiente reclamación judicial para recuperar el dinero entregado.
El Ministerio Fiscal considera que los hechos descritos son constitutivos de un delito de estafa.
De forma alternativa, la acusación plantea que los hechos podrían encajar en un delito de blanqueo de capitales por imprudencia grave.
Por estos hechos, se solicita para el acusado una pena principal de tres años de prisión, junto con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.
Subsidiariamente, en caso de apreciarse la calificación alternativa, se interesa la imposición de dos años de prisión, la misma accesoria de inhabilitación y una multa de 3.000 euros, con la correspondiente responsabilidad penal subsidiaria en caso de impago.
En concepto de responsabilidad civil, se reclama que el acusado indemnice al denunciante con la cantidad de 1.755 euros, más los intereses legales correspondientes.
La celebración del juicio permitirá esclarecer la participación del acusado y determinar si concurren los elementos necesarios para apreciar el delito de estafa o, en su caso, el de blanqueo de capitales por imprudencia grave.
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