La ley garantiza que todos los trabajadores tienen derecho a jubilarse parcialmente si existen las condiciones necesarias, y ahora los funcionarios también pueden aprovechar esta modalidad ya que el Estado ha regulado la jubilación parcial de su personal laboral. La jubilación parcial no es otra cosa que una combinación de pensión y trabajo a tiempo parcial, a la que pueden acceder cualquier trabajador si cumple los requisitos fijados por la norma. Por ello, desde la Federación de Servicios a la Ciudadanía de Comisiones Obreras (FSC-CCOO) de Ceuta se han congratulado de que tras meses de movilizaciones, reivindicaciones y trabajo se hayan publicado las instrucciones de gestión relativas a la jubilación parcial del personal laboral acogido al IV Convenio Único de la Administración General del Estado.
Para CCOO, el acceso a la jubilación parcial del personal laboral ha sido una "reivindicación histórica" ya que el reconocimiento de tal derecho en el IV Convenio Único de la Administración General del Estado fue, sin lugar a dudas, "razón fundamental para hacer posible el acuerdo y firma de dicho convenio".
"Los incumplimientos por parte de la Administración no hicieron posible su aplicación desde el pasado 1 de enero de 2021, ha sido al final de la vigencia del convenio y al calor de la prórroga del mismo, cuando se plasma el Acuerdo de Jubilación Parcial con el fin de hacer viable su ejecución a partir del 1 de marzo de 2022, que es la nueva fecha comprometida por la Administración", han continuado desde el sindicato.
Por ello CCOO, ha insistido en que vigilarán el desarrollo y aplicación de este acuerdo desde su puesta en marcha, por lo que "se han de adoptar todas las medidas por parte de la Administración para que la gestión resulte eficiente".
En todo caso, han concluido recordando que estarán a la disposición de todos los trabajadores que lo necesiten "bien a través de nuestros delegados o acudiendo a los locales de CCOO en vuestros centros de trabajo". De hecho, el sindicato ha publicado una guía con algunos puntos para la jubilación parcial de funcionarios.
Aclaren si se refieren al personal civil del ministerio de defensa o al personal laboral ya que los funcionarios son personal civil, no personal laboral y ustedes están mezclándolos y lo único que hacen es confundir.