El Consejo de Ministros ha corregido este martes alguno de los errores que contenía el decreto inicial de estado de alarma y que permitían, por ejemplo, ir en grupo por la calle al trabajo o a hacer la compra, e incluso bajar a la playa si no era a través de carreteras y vías de uso público. Ahora, la norma general pasa a ser ir solo por la calle, pero hay excepciones, como ir a la compra con los niños. El Gobierno matiza así algunos aspectos del documento inicial.
Se permiten varias excepciones, que hasta ahora no se habían contemplado: así, se puede acompañar no solo a personas con discapacidad, sino también a mayores o menores. De no contemplarse, habría sido un problema para padres con niños pequeños que no pudieran dejar solos, por ejemplo. En todo caso, más allá de las obligaciones legales, la recomendación de las autoridades es salir a la calle lo mínimo que sea necesario.
Tras aprobar el decreto del estado de alarma, el Gobierno trasladó el mensaje de que era obligatorio ir en solitario por la calle (salvo que se acompañase a personas con discapacidad). El problema es que no era eso lo que había aprobado. Por un error de técnica jurídica, la norma publicada la medianoche del sábado al domingo en el BOE, permitía ir acompañado, en pareja o en grupo, a la compra, al banco, a la farmacia, al médico, al trabajo...
Ahora, se ha cambiado el decreto y, según el texto publicado este miércoles en el BOE, ahora dice: "Durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público para la realización de las siguientes actividades, que deberán realizarse individualmente, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, mayores, o por otra causa justificada".
Hay otro matiz importante. Hasta ahora, la norma solo impedía circular por las vías de uso público, pero la definición de estas vías legalmente es algo confusa y eso abría paso al uso de parques, a paseos por el campo o a bajar a la playa para aquellos que tuvieran su vivienda en primera línea y no necesitasen circular por vías de uso público para llegar, como señalaron medios como Cinco Días. Por eso, el Gobierno ha cambiado la norma y ahora habla de "las vías o espacios de uso público".
Otro de los cambios afecta al listado de establecimientos cuya apertura está autorizada. Ahora solo se incluye "el ejercicio profesional de la actividad de peluquería a domicilio".
En cambio, entran en la lista los "centros o clínicas veterinarias", que antes no estaban contemplados expresamente.
Se abre también la puerta a que las autoridades cierren alguno de los establecimientos con permiso para abrir: "En cualquier caso, se suspenderá la actividad de cualquier establecimiento que, a juicio de la autoridad competente, pueda suponer un riesgo de contagio por las condiciones en las que se esté desarrollando", dice la nueva norma.
En cualquier caso, el ministro de Sanidad puede introducir modificaciones en la lista.
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