Como es conocido, el filósofo francés Montesquieu fue el que, en su obra “Defensa del espíritu de las leyes”, desarrolló en el siglo XVIII las ideas del inglés Locke sobre lo que vino en llamarse la “separación de poderes”, que surgió como garantía contra el despotismo ilustrado y para que el ejercicio del poder político estuviera basado en el equilibrio y los correspondientes contrapeso entre las distintas poderes del Estado. De ahí nació la independencia del ejecutivo, legislativo y judicial, aunque dentro de un espíritu de mutua lealtad y cooperación institucional orientado al mejor cumplimiento de las leyes en bien de la comunidad en un Estado de Derecho. Y la Constitución Española viene a decir en su artículo 120 que, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) es el órgano de gobierno de los Jueces, que estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años; de ellos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca una ley orgánica; cuatro a propuesta del Congreso, y otros cuatro a propuesta del Senado, elegidos en ambos casos por mayoría de tres quintos de sus miembros, entre abogados y otros juristas, todos ellos de reconocida competencia y con más de quince años de ejercicio en su profesión.
Pues bien, acaba de renovarse y constituirse el CGPJ, a cuyo Órgano, si bien no corresponde estrictamente el ejercicio directo de la acción de administrar justicia en forma directa, ya que esa es una función jurisdiccional que pertenece de forma exclusiva y excluyente a los profesionales netos de la justicia, como son los Magistrados y Jueces encargados de su realización a través del pronunciamiento de las sentencias y demás resoluciones judiciales que dictan, pero lo que no cabe duda es que nos hallamos aquí en presencia de un órgano constitucional autónomo, integrado por jueces y otros juristas, sin subordinación teórica a los demás poderes y órganos del Estado, que tiene la finalidad de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de la función judicial frente a todos; tiene competencias sobre la organización y funcionamiento del sistema judicial, interviene en la designación de los Magistrados del Tribunal Supremo, de los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia y Presidentes de Audiencias Provinciales, ejerce labor consultiva y de inspección de Juzgados y Tribunales, le incumbe recibir y depurar las quejas sobre el funcionamiento del sistema judicial, tiene potestad reglamentaria en materia de organización de los órganos de la justicia, adopta decisiones en relación con el Estatuto Profesional de los Jueces, toma acuerdos disciplinarios con los que puede depurar responsabilidades a los titulares de la carrera judicial, etc. Se trata, pues, de un Órgano relevante del Poder Judicial que, para poder garantizar la independencia judicial en el amplio campo de su competencia, debe ser puro en esencia, completamente independiente, aséptico, objetivo y alejado hasta del más mínimo atisbo, atadura o mera sospecha de que su acción pudiera verse ni siquiera levemente condicionada por la política, ya que la alta misión que ejerce de representar a quienes se encargan de administrar justicia, debe estar totalmente libre de toda presión, inquietud, perturbación o injerencia que sobre él pudiera tener de los demás poderes y órganos del Estado.
Es por ello, que la imagen que hace sólo unos días nos ha dado la renovación de los distintos miembros del CGPJ ha sido deprimente y de todo punto impresentable. Y es que, la opinión pública, la ciudadanía y la sociedad, no alcanzan a comprender cómo alrededor de la elección de sus miembros se pueden mover tantos hilos de influencias que van y vienen porque ningún partido quiere quedarse sin nombrar a su representante, dando la sensación de reparto y trapicheo de nombres dados o quitados por uno y otro partido, reproduciéndose esa imagen tan deprimente e impresentable de Vocales del CGPJ, e incluso de Magistrados y Jueces a los que se les califica de progresistas o conservadores, cada uno designado por unas siglas políticas, que luego hace que muchas veces antes de dictar sentencia ya se empiece a especular con el número de los que se van a pronunciar en uno u otro sentido, incluso sabiéndose de antemano el resultado de algunas votaciones en los acuerdos o resoluciones que el Órgano adopta. Y así sólo se explica que se den luego contradicciones de tan tamaña envergadura y mala imagen como la de algún partido de la oposición que ha interpuesto recurso ante el Tribunal Constitucional contra la reforma del CGPJ que se pretendía, y luego se acogiera a esa misma reforma por el mismo impugnada para terminar apuntándose a sus beneficios de designar a su propios representantes en dicho Órgano.
Como más contradictoria todavía ha resultado ser la propuesta de renovación del CGPJ por el propio Ministro de Justicia del partido gobernante que, en principio, incluso había tachado de inconstitucional la elección parlamentaria y hasta se comprometió ante el propio Parlamento a modificar el sistema de elección para así acabar con la elección mediante cuotas de los partidos, a fin de implantar la elección corporativa de los Vocales por la propia Judicatura, tal como también figuraba en el Programa de su partido, en cuyo capítulo titulado “Una democracia ejemplar” incluía lo siguiente: “Promoveremos la reforma del sistema de elección de los vocales del CGPJ para que, conforme a la Constitución, 12 de sus 20 miembros sean elegidos de entre y por Jueces y Magistrados de todas las categorías”. Más en enero de 2011, había manifestado en la misma sede parlamentaria: “Este es un sistema perverso en origen, y vulnera la voluntad del legislativo constituyente; además, perturba las decisiones que adopta el CGPJ. Es un error que estamos obligados a corregir”; para luego terminar también haciendo exactamente lo contrario, o sea, aceptar el mismo sistema de cuotas de partidos que en principio se había comprometido a liquidar. Y, claro, ello le valió al Ministro que tuviera que escuchar de la líder de uno de los partidos con representación parlamentaria calificaciones tan duras como que la reforma “era una burla, un escándalo, un atraco, una tropelía y una inmoralidad”. Y a los ciudadanos de a pie necesariamente nos tienen que surgir los siguientes interrogantes: ¿Qué tiene el CGPJ, para que todos los partidos pretendan a toda costa asegurarse su cuota-parte de poder?. ¿Es constitucional el CGPJ que por cuotas de partidos acaba de constituirse, aunque perpetúa y profundiza todavía más en el mismo sistema anterior de elección por cuotas?. ¿Qué confianza se puede tener así en la política y en los políticos?. ¿Es o no, lógica y razonable la desafección de los ciudadanos a la serie de despropósitos y desatinos de la política y los políticos?.
Es de advertir por mi parte que, de ninguna manera se están cuestionando aquí los méritos, la capacidad, la valía, y ni siquiera el prestigio y la independencia de los miembros del CGPJ como órgano colegiado compuesto por quienes hayan resultado elegidos en la reciente elección. Pero lo que de ninguna forma se entiende ni se comprende por la ciudadanía es la predeterminación de tales Vocales conforme al sello partidista que cada uno lleva impreso por el sólo hecho de haber sido presentados por los partidos políticos, y que lo van a llevar ya marcado indeleblemente los elegidos mientras ejerzan su función en el citado Órgano; lo que se cree que viene a cuestionar seriamente ante la opinión pública la credibilidad de un órgano tan importante y de tanta relevancia que forma parte del tercer poder del Estado. Y, además, todo ello ocurre en momentos tan sensibles y decisivos como que ahora mismo penden de la Justicia numerosos procesos penales que tanto repugnan a la conciencia de la sociedad, como los de la presunta corrupción política que se ha imputado a personas de sobra conocidas como pertenecientes a algunos partidos de cuya propuesta de elección a nacido el nombramiento de los Vocales. Sólo por eso, parece que hubiera sido prudente, lógico, razonable y sensato haber elegido un nuevo CGPJ profesionalizado en materia de administración de justicia que resultara inmaculado hasta en la más mínima sospecha de afección política, sindical o de cualquier otra naturaleza, para revestirlo de la máxima legitimación y credibilidad, según aconsejaban las circunstancia tan cualificadas que se dan en el actual momento procesal.
Es por ello, que respetuosa y modestamente entiendo que la reciente renovación del CGPJ, en la forma que se ha llevado a cabo, a través de la elección de sus miembros a base de cuotas partidistas de varias formaciones políticas, es un grave error y un retroceso palmario en el grado de credibilidad de la sociedad hacia los políticos, por la serie de desengaños y absoluta falta de seriedad a que los ciudadanos se ven sometidos; se cree que es también una forma de separarse del sistema puro de autonomía e independencia de que la Justicia goza en los países de nuestro entorno europeo en los que existe una auténtica democracia; y es, asimismo, tanto como enterrar de alguna forma a Montesquieu, desde el punto de vista de la separación de poderes y de la independencia del poder Judicial a que debe aspirar todo Estado de Derecho que se precie de serlo en una democracia moderna. Y el pueblo llano, aunque no se crea, todo lo percibe, porque es ya maduro y sabio.
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