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Se enfrenta a 8 años y 6 meses de prisión por un delito contra la seguridad vial

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha dejado visto para sentencia un juicio por un delito contra la seguridad vial. El acusado, Y.M., testificó que no tenía nada que ver con los hechos. Aún así, el Ministerio Fiscal siguió con su escrito de acusación, detallando que las declaraciones de los agentes de la Policía Local coincidían en todo momento con el atestado inicial. En el escrito de acusación, la Fiscalía pide 4 años de prisión por conducción temeraria, 4 años y 6 meses de prisión por un delito de atentado y 24 meses de multa a razón de 12 euros diarios por no tener el permiso de conducir. Por otra parte, la Defensa pide la libre absolución de su representado, ya que explicó que no quedaba totalmente acreditado que el acusado fuera el que conducía el vehículo. Además intentó aportar 4 fotografías y añadir 3 testigos en las cuestiones previas, siendo rechazadas todas sus peticiones. Los hechos a los que se ha hecho referencia en este juicio ocurrieron el 11 de febrero de 2020. Dos agentes de la Policía Local estaba patrullando por la parte de Casas Nuevas, de la barriada del Príncipe. Los agentes vieron cómo un vehículo invadía su carril y le hicieron señales tanto acústicas como luminosas para que se detuviera. Cuando los coches estaban apenas a 10 metros y para no colisionar, los agentes tuvieron que dar marcha atrás rápidamente y chocaron con un obstáculo que había en la acera. El acusado, según explicaron los agentes de la Policía, huyó del lugar dando pie a una persecución. Afirman que en una vía de 30 kilómetros por hora, circulaban a unos 60, y aunque intentaron dar alcance no pudieron ya que el acusado iba a más del doble de la velocidad permitida. Así, los agentes indicaron que tuvieron que desistir en la persecución porque podían poner en riesgo la vida de los viandantes, ya que el acusado se saltó un ceda el paso y un paso de peatones teniendo las personas que echarse atrás para no ser atropelladas. Por otra parte, los agentes han afirmado que cuando estaban en la Jefatura de la Policía Local se personó el hermano del acusado admitiendo que él había sido quién conducía el vehículo, siendo rechazado por los agentes ya que no se parece en nada físicamente a la persona que habían visto que conducía ese coche. Una vez indicaron la matrícula del vehículo en las dependencias policiales, le señalaron que la propietaria del coche era una mujer. Cuando se dirigieron al domicilio, los agentes explican que vieron al padre de la propietaria y que acompañó incluso a los policías hasta el domicilio del acusado indicándole que él era el que conducía el coche. Este hecho lo desmienten tanto el acusado, como los testigos que han declarado en el juicio. El acusado en su declaración se limitó a desmentir las preguntas de la Fiscalía y a explicar que él se encontraba en el domicilio de su hermana cuando ocurrieron los hechos. Los testigos, por su parte, explicaron que el acusado nunca conducía ese coche porque no tiene carné, que solo lo compró para que lo tuviera la familia. Una versión muy contradictoria a la escuchada por los agentes.

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