Empresarios ceutíes considerados contrabandistas por una ley absurda

Una ley absurda ha llevado a sentarse en el banquillo de los acusados a empresarios ceutíes con una vida profesional intachable y ser juzgados como contrabandistas, enfrentándose a multas millonarias e incluso a penas de cárcel.

Es una consecuencia clara de la Ley de Contrabando, donde el senador Nicolás Fernández Cucurull defendió una serie de enmiendas en la Cámara Alta para que deje de ser delito de contrabando la importación de mercancía desde cualquier punto del territorio español o dentro de las propias fronteras de la Unión Europea.
Porque la verdadera incongruencia de esta aplicación en Ceuta se centra en que la Ley de Contrabando lo que busca en la recaudación de los derechos aduaneros, cuando hablamos de un territorio como el ceutí donde no hay derechos aduaneros y por tanto todo el trámite se remite a la expedición de un documento: el DUA.
Un documento con el que ha soñado más de un empresario ceutí, casi cinco años después de promulgarse la ley y por la interpretación taxativa de la ley que se ha realizado desde la antigua Intervención del Registro del Puerto Franco.
Muchos empresarios ceutíes recibían su mercancía por Correos, porque así lo decidía la empresa que la expedía. Cuando llegaba a Ceuta, Correos la entregaba, pero en ningún momento se realizaba el conocido como despacho de aduanas.
Pues bien, ése fue el germen de la desgracia durante años para muchos empresarios de nuestra ciudad. Porque con la ley en la mano, si la mercancía sin despacho de aduanas era inferior a los dieciocho mil euros, se abría un expediente administrativo y si era superior a los dieciocho mil euros se remitía a los Juzgados de lo Penal y luego en la siguiente instancia ante la Audiencia.
Algunos de estos empresarios que se han visto inmersos en procesos penales por esta ley absurda y simplemente por la falta de un documento en una ciudad donde además no se recaudan derechos aduaneros, han sufrido verdaderas penalidades físicas, porque no es normal que te consideren contrabandista por la falta del DUA. Y allí en un banquillo veas como tanto el fiscal como el abogado del Estado hacen suya, porque no les queda otro remedio, una ley verdaderamente abominable y luego se  repite en la Audiencia.
Lo cierto es que no se ha producido ninguna condena de prisión para los empresarios que han debido sentarse en el banquillo de los acusados, porque como es lógico los mismos jueces han llegado a entender que, de manera independiente a que la ley hay que aplicarla porque  existe, la relación causa-efecto estaba sobredimensionada.
Una práctica, la remisión de estas cuestiones a los Juzgados de lo Penal que se ha reducido a lo largo de los años y que ahora se han incrementado con la apertura de más expediente administrativos por parte de Aduanas.

 

Una discriminación a Ceuta en relación con el resto de España

No puede ser más absurda esta discriminación que el legislador incluyó en la Ley de Contrabando del año 1995 que ahora se está revisando y donde se mantiene esta discriminación. Si un empresario sevillano recibe una mercancía desde Berlín no necesita de ningún despacho de aduanas. Si un empresario ceutí recibe una mercancía desde Algeciras porque allí la ha comprado y no tiene despacho de aduana, un simple papelito, puede ser considerado contrabandista y si la mercancía tiene un valor superior a los dieciocho mil euros puede ir a la cárcel.

 

Empresarios que se rebelan a que les llamen contrabandistas

Muchos de estos empresarios ceutíes que se han enfrentado a penas de cárcel por la falta simple de un papelito como es el DUA se han rebelado a que les llamen contrabandistas. Algo verdaderamente inaudito y que no se entiende porque cuando ceutíes y melillenses clamamos por la consecución de nuestras especificidades es para que esa situación se torne positiva para nuestros intereses, no para que una mención expresa en la ley nos discrimine y nos haga diferentes al resto de los españoles. Algo que va contra la razón.

 

Varios comerciantes pagaron unas multas millonarias por expedientes administrativos

Quienes no se han librado de multas millonarias han sido los empresarios a los que se les abrían expedientes administrativos si el valor de la expedición comercial era inferior a los dieciocho mil euros y por tanto no debía pasar al Juzgado.
El procedimiento es absolutamente distinto y en primer instancia se veía en Ceuta en el Tribunal Económico Administrativo y posteriormente en Sevilla en el Contencioso Administrativo.
En unos primeros momentos también en la capital hispalense se han perdido muchos de estos casos y no ha quedado más remedio que el abono de estas personas de esas multas que en algunos casos hasta triplicaban el valor de la misma mercancía.
Sin embargo, a raíz de la propia rectificación de su doctrina por parte de lo Contencioso Administrativo, muchos de estos recursos se han ganado y no se han debido pagar las sanciones.
Se han producido casos, según los cuales, esos mismos empresarios han sido condenado antes de ese cambio de doctrina y luego han sido absueltos con posterioridad a esa reforma.
A pesar de los intentos por parte de su defensa de que se revisaran esas condenas anteriores, una vez que se ha abonado no ha existido la marcha atrás.
Y también en estos casos de los expedientes administrativos muchas de estas condenas se han producido igualmente por la recepción de la mercancía a  través de los servicios de Correos.

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