Categorías: Tribunales y justicia

Empresario o ilegal

¿Quién tiene responsabilidad penal en la muerte del marroquí Alí Duas, ocurrida hace casi cuatro años en una nave del puerto? Esa es la respuesta que se intenta obtener en el juicio que comenzó ayer en el juzgado de lo Penal número 2 y que presumiblemente terminará esta mañana. Dos hombres se sientan en el banquillo de los acusados por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores que tuvo como consecuencia un homicidio imprudente. Son los dos delitos que la Acusación entiende que se dan en una historia que lejos de ser puramente anecdótica resulta común -con mayor o menor gravedad en sus resultados- en una Ceuta que laboralmente se nutre de marroquíes que cruzan a diario la frontera sin un permiso de trabajo bajo el brazo.
En la historia llevada ayer ante el juez de lo Penal se presenta una familia, la del vecino de Beliones que murió a los 58 años dejando cinco hijos sin inyección económica alguna, que pide justicia. En el otro lado se sitúa el dueño de la nave en donde ocurrieron los hechos (accionista de la sociedad dueña del almacén) y la persona que, por amistad, hizo el papel de intermediario para encargar una obra al marroquí. Un trabajo que resultó trágico después de que Alí Duas cayera de una altura estimada de 5 metros. Han tenido que pasar casi cuatro años para que comience a aplicarse la justicia sobre unos hechos ocurridos el 6 de mayo de 2008. Y es que el juez ordenó que comenzara la vista judicial a pesar de la protesta manifestada por uno de los abogados defensores que había solicitado la nulidad del auto de juicio oral pretendiendo así la suspensión de la vista.
Comenzado el juicio fueron básicamente dos las teorías que se enfrentaron. La de los abogados defensores, que pretendían hacer ver a los presentes que el fallecido era una especie de empresario, que tenía a su propia cuadrilla, y que venía a Ceuta a realizar pequeñas o grandes obras. Las preguntas de los tres letrados presentes venían a intentar reforzar esta teoría. ¿Con qué finalidad? La de demostrar dos claves que podrían mermar las acusaciones presentadas. Si defienden que Alí Duas era empresario, sobre él recaería la obligación de guardar las medidas de seguridad en la realización de cualquier obra. Si se demuestra que tenía cualificación, no cabría la acusación de un homicidio imprudente puesto que existiría la connotación de estar ante una persona profesional.
Así que todas las preguntas que los letrados dirigieron a la viuda e hijos de Alí estuvieron orientadas a hacer valer -o al menos intentarlo- estas tesis. La viuda, Rahma, declaró que su marido llevaba más de 20 años trabajando en Ceuta y que era “un maestro”, que entendía de todo tipo de trabajos y que cuando venía a la ciudad para trabajar o bien lo hacía solo o en compañía de “una cuadrilla” formada por otros marroquíes que traía a modo de peones. El fallecimiento de su esposo dejó en la penuria económica a ella y sus cinco hijos al ser el único miembro de la unidad familiar que tenía trabajo. Rahma declaró que transcurridos los hechos nadie se preocupó por su estado a pesar de que, para mantenerse, ha requerido de la ayuda económica de vecinos y amistades. Ante el juez fueron declarando cuatro de los cinco hijos del fallecido, y todos coincidieron en las malas condiciones económicas en las que han quedado y todos sentenciaron que su padre era un buen profesional, tenido por maestro, y que dirigía, si era menester, a más trabajadores.
La acusación, representada por el Ministerio Fiscal y el abogado defensor de los intereses de la familia Duas, no entiende la concepción del fallecido como la de un empresario, sino como la de un marroquí como los muchos que entran en Ceuta a ganarse la vida, que carecen de cualquier tipo de documentación y cuya contratación, de darse algún final trágico como ha sido el caso, puede devenir en la búsqueda de responsabilidades penales.
En la maratoniana sesión judicial de ayer prestaron declaración los dos acusados. El primero en hacerlo fue V.J., accionista de la sociedad dueña del almacén al tener el 40% de la participación. En su declaración insistió en repetidas ocasiones en que la nave en la que sucedieron los hechos, situada en el puerto, estaba vacía y que las llaves se las había entregado al segundo de los acusados, F.G.M., por si necesitaba de su ayuda por una mera relación de amistad de mucha solera.
Según declaró ante el juez, conocedor de que existía un problema con los bajantes del almacén que había provocado goteras, V.J. avisó a F.G.M. para que contratara a alguien para su arreglo. En su día, justo un año antes, había sido la empresa Ybarrola la que había hecho estos arreglos y ahora, con los mismos problemas, le había encargado “como cosa de favor” a F.G.M. que se encargara de localizar a alguien para acometer esa reforma.
Ante las preguntas de la Acusación y de los abogados defensores, V.J. insistió en reiteradas ocasiones que siempre le dijo a F.G.M. que a quien llamara para hacer los arreglos “fuera legal”. Insistió en que en sus contadas conversaciones telefónicas se lo repitió hasta en tres ocasiones. Así también aclaró que hasta el día del accidente mortal nunca supo a quién había contratado su amigo, ni tampoco el presupuesto de la obra. Aclaró que él no llevó a cabo gestión alguna y que confió en que lo que haría F.G.M. iba a ser lo correcto. “Yo no sabía nada de este trabajador, ni si era legal”, aclaró. V.J., en su defensa, insistió en la relación de confianza que le une con F.G.M. por lo que no le controlaba sus acciones. Aclaró que desconocía que el andamio llevado por el fallecido no estaba homologado y que nunca supo los medios que iba a emplear para desarrollar la obra pensando que se haría igual que en 2007 cuando se puso en manos de la empresa Ybarrola.
La teoría de V.J. fue parcialmente ‘desmontada’ por F.G.M. En su declaración dibujó a V.J. como conocedor de todos los pasos que había ido dando, tanto en la elección del fallecido para la obra como en el presupuesto. Dijo que todos los pasos que daba se los consultaba a él, al que siempre se refirió con el trato de ‘don’, recalcando que era V.J. quien tenía la capacidad de decisión y él sólo le hacía esa gestión a modo de favor por el conocimiento mutuo, de años, que les unía.
¿Por qué contrató al marroquí? Según F.G.M. no sabía que se trataba de un marroquí, ni tampoco pensó que carecía de papeles. Dijo conocerle de Ceuta y de haberle visto realizar unos trabajos en Zurrón, por lo que pensó que se trataba del responsable de una cuadrilla y le ofreció el trabajo. Según su declaración, el fallecido le habría dicho que tenía papeles y él nunca llegó a comprobar la veracidad de sus manifestaciones, así que le encargó el trabajo de arreglar los bajantes de la nave. “Por no saber actué así”, espetó este acusado, de ya avanzada edad. En su defensa F.G.M. declaró que nunca se explicó por qué el fallecido se había subido al techo de la nave cuando el encargo era el de arreglar los bajantes, situados a una altura de no más de un metro. “No sé por qué tuvo que hacer ese recorrido”, lamentó, recordando cómo cuando iba a abandonar el lugar tras abrir la nave, escuchó un ruido y comprobó que se trataba de Alí, que había caído por el techo del almacén al vacío.
El acusado insistió en que desconocía la nacionalidad y que tampoco sabía las medidas que debían adoptarse, en materia de seguridad, para hacer este tipo de trabajo. F.G.M. siempre entendió que se trataba de una obra menor y no supo contestar a la pregunta de la Acusación que mostró su extrañeza de que nunca reprochara al fallecido que se subiera en un andamio, a tantos metros de altura, sin guardar las medidas de seguridad debidas.
Ya en la sesión vespertina, que comenzó puntualmente a la hora marcada con anterioridad, las 17:00 horas, F.G.M.prosiguió su declaración, en idénticos términos que los señalados a mediodía aunque completando  algunas impresiones: “Hablé con Alí y como yo nunca he trabajado en el sector de la construcción y me gusta hacer las cosas de manera muy exacta, después de contarle con detalle el tipo de trabajo  que debía de hacer, le invité a ir a ver la obra”.
Tras aceptar el cometido, Alí pidió cien euros con el pretexto de pagar los materiales de construcción que iba a necesitar, “entonces yo obedecí y le dí el dinero”. Además F.G.M., que reiteró que “jamás se me hubiese podido pasar por la cabeza actuar de mala fe y fuera de la ley a sabiendas y por tanto no podría haber contratado a un ilegal siendo consciente de ello”, aseguró que su intención era regresar al lugar de los hechos mientras Alí reparaba la avería, algo que haría “con mucho gusto, como siempre que ‘don’  V.J. me solicitaba algún encargo”, misión que, en esta ocasión, no pudo satisfacer por motivo de un fatal desenlace que ahora busca formalizar explicaciones judiciales y cerrar una profunda duda en nuestra ciudad: empresario o ilegal.

Cronología y claves de los hechos

6 de mayo de 2008
Accidente mortal

El marroquí Alí Duas, natural de Beliones, fallece prácticamente al momento después de caer al vacío de una altura superior a los cinco metros. Estaba trabajando en una nave situada en el puerto a donde acude la Policía del Puerto, Local y Nacional nada más darse parte de lo ocurrido. La Inspección de Trabajo llega al lugar al notificarse que el fallecido era marroquí y carecía de un contrato de trabajo para desarrollar los trabajos encomendados.
Inspección - Informe
La Inspección de Trabajo realiza su oportuno informe tras el accidente en el que deja claro que se trata de un accidente de un trabajador ilegal. La investigación quedó en suspenso al abrirse una vía penal tras el fallecimiento del vecino de Beliones. Es ahora cuando llega el momento de la vista judicial que lleva esperando desde hace casi 4 años.
Acusación - Piden cárcel
Tanto Ministerio Fiscal como Acusación Particular entienden que se dan dos delitos en esta causa. Por un lado, uno contra los derechos de los extranjeros y otro de homicidio imprudente. Para la Acusación Particular que representa los intereses de la familia Duas los dos acusados deben responder de ambos delitos, mientras que para el Ministerio Fiscal cada uno responde de un delito por lo que solicita 4 años de cárcel y 3 respectivamente para V.J. y F.G.M., pena que aumentó en la sesión vespertina al incluir a tales peticiones el artículo 312.2 del C.P.E. que podría suponer la suma de un delito alternativo de imprudencia grave, del que se tomaría el de mayor gravedad. A esto se añade la petición de indemnización de 105.000 euros para la viuda, 17.612 para cada uno de los dos hijos mayores de edad y 52.838 para cada uno de los tres hijos menores de edad.
Defensas - Absolución
Solicitan la absolución de sus patrocinados por lo que, por tanto, no existiría indemnización. Entienden que no se da la tipificación de ambos delitos al hacer prevalecer la teoría de que el fallecido era a su vez empresario y responsable de sus trabajos.

La Inspección de Trabajo no terminó su investigación

La que fuera inspectora de Trabajo firmante del informe realizado en su día sobre lo ocurrido declaró ayer por videoconferencia para hacer público sus valoraciones al respecto. Declaró que el andamio que colocó el accidentado para subir al techo no era homologado y que en ningún momento se reunieron las condiciones de seguridad mínimas. Aclaró que no había ‘línea de vida’, ni protecciones de ningún tipo, por lo que cuando Alí cayó al vacío no encontró medio alguno que ayudara a salvarle la vida. Insistió en que no pudo seguir con la investigación porque los acusados se negaron a acudir a declarar y que entiende que F.G.M. actuó como contratista al pagarle al fallecido por sus servicios, ejerciendo así una función de empresario. Aclaró que se infringieron todas las normas y que el empresario debía haber controlado esto.

Vecinos de Zurrón secundan la tesis de a Defensa de que Alí era un ‘profesional’

Olav Orts / ceuta
Durante la sesión vespertina del juicio, celebrado en la sala del Penal 2, atestiguaron distintas personas que, de un modo u otro, aportaron datos, opiniones o valoraciones. De tal modo, y tras concluir su declaración F.G.M., el turno inmediato correspondió a tres agentes, pertenecientes a la Policía Nacional, a la Policía Local y a la Autoridad Portuaria. Los tres coincidieron en indicar que, tras llegar a la zona del accidente a los pocos minutos del suceso y toda vez que realizaron investigaciones en pos de conocer lo sucedido, “las medidas de seguridad y de prevención laboral utilizadas por Alí fueron ínfimas, reduciéndose a un pobre andamio tambaleante”.
En la misma línea se mostró un arquitecto técnico que a los pocos días del accidente mortal elevó un informe: “No me entra en la cabeza cómo un hombre que, según parece tenía conocimientos en la materia, pudo actuar de una manera tan errónea ya que el problema a subsanar era muy fácil de ver y de reparar”. El técnico añadió que “estaba claro que el bajante estaba obstruído y para repararlo sólo bastaba diez minutos y actuar por el interior de la nave y a pocos metros de altura, no por fuera, a 25 metros de distancia”. Por último el técnico sentenció que “cualquier persona con una mínima especialización hubiera arreglado la avería”.
No obstante, parece ser que Alí tenía más que esa “mínima especialización” que valoró el técnico, al menos si se tienen como ciertas las opiniones que ofrecieron hasta cinco vecinos de la barriada del Zurrón, donde el fallecido era conocido. Todos, sin descrepancia, dejaron, en sintonía con la premisa de que Alí era un empresario de la construcción, tesis mantenida por la Defensa,  que Alí era conocido en la barriada por lo que a veces se le llamaba con el apodo ‘Vecino’ y otras con el de ‘Barbitas’; que era un hombre afable que se dejaba ver por la barriada desde hacía unos 16 o 17 años; que había construido casi todos los cuartillos de los 39 bloques de la barriada, lo que supone unos 300, uno por cada piso; que desde hace unos siete años se le veía desplazarse en una furgoneta blanca en cuyo interior siempre llevaba materiales de constucción como ladrillos, cemento, o palas; que en “bastantes” ocasiones iba acompañado de dos o tres personas ataviadas con indumentaria de albañil y a los que daba órdenes pero que nunca se había dejado ver con su familia; que pese a ser un habitual en la barriada no vivía allí; o que se ofrecía a los vecinos para realizar trabajos de cocina o de pintura y que éstos aceptaban. Por su parte, quienes aseguraron no conocer a Alí antes del accidente fueron el hermano de V.J., que tiene una nave contigua en el Puerto y el empresario que comparte sociedad con V.J.

El forense dice que Alí falleció “casi al instante”

El forense que elevó un informe en aras de esclarecer las causas de la muerte de Alí Duas, compareció a juicio para indicar que “el hombre murió por un politraumatismo, consecuencia de una caída de unos seis metros de altura”.
“Entre los golpes”, prosiguió el médico forense, “el que registró mayor gravedad fue el que se dio en la cabeza, donde se produjo una hemorragia cerebral”. Asimismo, el médico indicó que Alí murió “casi al instante de caer al suelo porque también se dañó el tórax y la columna vertebral de manera irreversible”.

archivo El fallecido, en una imagen de su familia.

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