El verano siempre trae consigo denuncias sobre el mal uso que hacen algunas personas de las embarcaciones acuáticas y de recreo, además de los riesgos y el peligro que supone para los bañistas que las motos de agua y embaraciones se acerquen hasta la orilla en las playas de Ceuta.
Aunque lo hacen únicamente en la temporada de baño y por los carriles debidamente balizados y señalizados para ello, la Delegación del Gobierno y la Unidad de Costas han querido recordar la prohibición que existe al respecto.
Con el objetivo de evitar que un mal comportamiento por el incumplimiento de esas normas, han publicado en el Boletín Oficial de la Ciudad (BOCCE) de este martes una resolución, en coordinación con Capitanía Martíma, por la que se insiste en la prohibición de la circulación de embarcaciones de recreo, embarcaciones de alta velocidad (EAV), motos náuticas y artefactos náuticos autopropulsados en los canales balizados de las playas de La Ribera, Chorrillo y Benítez, así como en la cala del Desnarigado.
De hecho, solo podrán navegar por dichos canales señalizados y hasta la misma orilla de la playa embaraciones de salvamento y emergencias o que hayan sido aurorizadas para ello, aunque únicamente será así durante la temporada de baño.
Y así lo indica la Unidad de Costas en su resolución: "En las zonas de baño debidamente balizadas estará prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor. El lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados".
De esta manera, explican que estas playas de la Ribera, el Chorrillo, Benítez y del Desnarigado "soportan un alto grado de ocupación".
"No se considera conveniente la circulación de embarcaciones a motor, ni siquiera por los canales de balizamiento existentes en dichas playas, los cuales deben ser reservados únicamente para piraguas, kayaks, canoas, tablas a vela, embarcaciones de salvamento y embarcaciones de apoyo de empresas autorizadas para la realización de actividades náutico-turístico-deportivas, garantizando así la seguridad e integridad de los bañistas", recoge el documento.
Si “En las zonas de baño debidamente balizadas estará prohibida la navegación deportiva y de recreo, y la utilización de cualquier tipo de embarcación o medio flotante movido a vela o motor. El lanzamiento o varada de embarcaciones deberá hacerse a través de canales debidamente señalizados” (art. 73.1 del Reglamento de Costas, RD 876/2014).
¿Quien es el Delegado del Gobierno para prohibir la navegación por los canales debidamente señalizados?
Prohibo y acabo con el problema. Pues no es así, lo que tienen que hacer es apercibir al bañista que usa las zonas de entrada al canal para echar la toalla, o a el bañista que se baña en los canales balizados.
Cuando no se sabe aplicar la norma aparece LA PROHIBICIÓN.
Podría prohibir la circulación de coches para reducir los accidentes de tráfico.
Por cierto, se recuerda que los socorristas no tienen competencia sobre el tráfico marítimo ni son agentes de la autoridad.
Las normas para las motos de agua ya las tenemos, biennnn. Ahora nos queda por ver cuando van a podar, porque el contrato no va a salir hasta que hayan nacido los polluelos de los gorriones. Vaya banda, eh Dris.!!!!!!!