El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado, en sentencia de fecha 5 de julio, la resolución del Juzgado de lo Social de Ceuta del 26 de junio de 2009, reconociendo el derecho de un beneficiario de la Renta Activa de Inserción a percibir con efectos retroactivos este subsidio, al haber sancionado ilegalmente con la pérdida del mismo, por no haber atendido el llamamiento para la convocatoria del Plan de Empleo de 2008.
El recurso, planteado por la Asesoría Jurídica de CCOO de Ceuta contra la sentencia del Juzgado de lo Social de Ceuta, sostenía la tesis de que la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad, así como en medios de comunicación impresos, no podía sustituir a la notificación personal al interesado.
El TSJA ha aceptado los argumentos planteados en el recurso de CCOO y reconoce que el requerimiento al acto no se efectuó en debida forma, ya que en este caso no se trata de una pluralidad indeterminada de personas, sino de sujetos individuales, cuyos datos obran en poder de la Administración, por lo que el requerimiento debió efectuarse individualmente, al tratarse de resoluciones que contienen la posibilidad de pérdida de derechos.
Esta sentencia, apunta CCOO en un comunicado, da plenamente la razón al criterio sostenido por CCOO de que la forma en que se efectuaba la convocatoria a los preseleccionados para el Plan de Empleo no reunía los requisitos legales y que generaba indefensión en los interesados, por lo que era necesaria la comunicación personalizada en lugar de la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, BOCCE, y en los medios escritos de la ciudad y, en este sentido, avala la tesis defendida por el sindicato de que la única intención de la Delegación del Gobierno, al utilizar este método, era reducir el censo de desempleados a costa de “atropellar sus derechos”, apunta el sindicato en el comunicado.
Ante esta sentencia, tanto el delegado del Gobierno, José Fernández Chacón, en calidad de máximo responsable de la Administración del Estado en Ceuta, como el director provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Ceuta, SPEE, Carlos Torrado, “deberían asumir sus responsabilidades al haber privado injustamente de sus derechos a ciudadanos que han pagado las consecuencias de su injusto proceder”.
El SPEE recurrirá la sentencia
El director provincial del SPEE en nuestra ciudad distingue entre dos partes bien diferenciadas en este asunto. Por un lado insiste en que el TSJA da la razón a la Oficina de Empleo en lo que a la notificación de la publicación se refiere, pero que es en la cuestión sancionadora donde difiere. “Donde señala que no había que realizar una notificación personal al interesado es en el tema de la sanción, algo que se hizo y que quedó constatado con un aviso con acuse de recibo”.
Desde el SPEE han anunciado su intención de presentar un recurso de casación, dado que consideran que la “jueza se ha perdido en el camino, porque la comunicación se efectuó a nivel individual”, concluye Torrado.
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