El TCu critica que se den “potestades públicas” al sector periférico ceutí

El Tribunal de Cuentas insta a la Ciudad a reordenar las encomiendas de gestión a las sociedades municipales.

 

El Tribunal de Cuentas (TCu) ha instado al Gobierno de Ceuta (y al de Melilla) en su último informe sobre la gestión de la Administración de las dos Ciudades Autónomas, en concreto sobre la utilización de la encomienda de gestión a las entidades del sector público periférico, a "mejorar el régimen jurídico al que se sujeta dotándola de una precisa regulación que garantice la adecuada justificación tanto de la carencia de medios personales y materiales" para desarrollar las funciones que se encargan a las sociedades municipales.
El órgano fiscalizador también opina que los gobiernos de ambas Ciudades "deberían incidir en la planificación de la organización administrativa, tomando en consideración el uso reiterado en el tiempo de la técnica de gestión que suponen las encomiendas para idénticos fines y el empobrecimiento que para la Administración de las Ciudades Autónomas que puede suponer la traslación de las funciones que constituyen las prestaciones encomendadas".
"La Ciudad de Ceuta", recomienda expresamente en el informe que acaba de publicar el TCu, "debe adoptar las medidas pertinentes que garanticen y faciliten el control del cumplimiento de la publicación de las encomiendas de gestión en el seno del Portal de Transparencia".
En su dictamen, referido al año 2013, critica, por ejemplo, que "desde el punto de vista presupuestario, la mayoría de las encomiendas analizadas atribuidas a Amgevicesa carecen de referencia a la concreta partida de la dotación presupuestaria que las financia". También ha detectado que "el conjunto de las encomiendas examinadas, excluida la realizada por Obimasa [a TRAGSA] y parcialmente por Emvicesa, carecen de toda referencia a los precios que debe satisfacerse a la empresa, como tampoco se conoce el estudio o proyecto que los precise más allá del importe presupuestado para la realización de la actividad".
Para el Tribunal de Cuentas "la excesiva vinculación de algunas encomiendas con el ejercicio de competencias administrativas propias de los órganos encomendantes ha supuesto que en ocasiones se hayan encomendado trabajos que llevaron aparejada la participación en el ejercicio de potestades públicas, lo que no se acomoda a nuestro ordenamiento jurídico", alerta antes de recordar que "el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) reserva en exclusiva a los funcionarios públicos el ejercicio de las funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de dichas potestades".

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