El Supremo ratifica la validez en el intercambio de billetes de las navieras

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ratificado la validez del sistema de intercambio de billetes de las compañías navieras que operan en la línea que une Ceuta y Algeciras, un mecanismo extraordinario que Capitanía Marítima está autorizada a decretar en casos excepcionales de masiva afluencia de viajeros.

El caso en el que se acaba de pronunciar el TS se remonta a 2008. Ese verano, la Secretaría General de Transportes del Ministerio de Fomento impuso a las compañías que unían ambas orillas del Estrecho la obligatoriedad de admitir los billetes presentados por los clientes, aunque hubieran sido adquiridos a compañías de la competencia, para evitar presumibles colapsos en las fases punta de la Operación Paso del Estrecho.
Trasmediterránea –la actual Acciona– mostró entonces su disconformidad con la interposición de un recurso de alzada, rechazado por el propio Ministerio en 2009. Volvió a elevar su protesta ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que tampoco le dio la razón en una sentencia emitida el 4 de febrero de 2011. La naviera insistió y presentó otro recurso, esta vez de casación, ante el Tribunal Supremo, que ha vuelto a rechazar su pretensión, avala la legalidad de la medida adoptada hace ya casi seis años y le impone que asuma las costas.
En la orden emitida en 2008, Fomento obligaba a las compañías navieras a aceptar el intercambio de billetes durante un periodo determinado (entre el 29 de junio y el 15 de agosto en las salidas de Algeciras y entre el 16 de agosto y el 15 de septiembre en las de Ceuta), posibilidad que el Supremo insiste que era “ajustada Derecho”. Así, en los fundamentos de derecho de la resolución que acaba de emitir, el TS rechaza todos y cada uno de los argumentos planteados por Trasmediterránea en su recurso. No acepta, por ejemplo, que la naviera alegue que la decisión “carece de justificación alguna” y le recuerda que la previsión en esas fechas era un tránsito masivo, por lo que el mecanismo puesto en marcha era “una obligación de servicio público” amparada por la legislación.
Tampoco admite las acusaciones de que la medida fue “ilegal” y “desproporcionada”, al estimar que Fomento no incumplió ninguno de los principios legales que le asistían, ni que atentara contra la competencia, al estar establecidos los mecanismos de compensación pasado el periodo obligatorio del intercambio.

 

Delegación sopesó aplicarlo ante los colapsos de 2013

La Delegación del Gobierno en Ceuta sopesó el pasado verano aplicar el intercambio obligatorio de billetes a finales de agosto del pasado año tras unas jornadas caóticas en las que la ciudad se vio casi colapsada por interminables filas de vehículos que se dirigían hacia el Puerto desde Marruecos. El propio Francisco Antonio González llegó a sugerir la adopción de esa medida a partir de las 18:00 del 30 de agosto. Finalmente, Capitanía evitó activarla al constatar que todos los ferrys zarpaban esos días con el pasaje ocupado al 100 por cien. La colaboración de Marruecos, que reguló la entrada de vehículos, hizo el resto.

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